Por el cual se adiciona el artículo 24 del Decreto-ley 1012 de 1978

Rango Decreto
Publicación 1978-07-26
Estado Vigente
Departamento DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL SERVICIO CIVIL
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere la ley 5a. de 1978,

DECRETA:

Artículo 1°. Adicionase la nomenclatura de empleos de que trata el artículo 24 del decreto 1042 de 1978, así: denominación director de fábrica: código 2130, grado de remuneración 10.
Artículo 2°. Fijase para la industria militar la siguiente equivalencia de empleos:

situación anterior.

Denominación: director regional. Grado: 29.

Situación nueva

denominación: Director de fábrica. Grado: 10.

Artículo 3°. El presente decreto rige desde la fecha de su expedición, adiciona el decreto- ley 1042 de 1978 y surte efectos fiscales desde el 20 de abril del mismo año, salvo lo que en dicho decreto se dispone para el pago retroactivo del reajuste de salarios.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 6 de julio de 1978.

ALFONSO LOPEZ MICHELSEN.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Alfonso Palacio Rudas.

El Ministro de Defensa Nacional,

General, Abraham Varón Valencia.

El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,

Mario Madrid-Malo Garizabal.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.