Por el cual se traslada una suma del presupuesto de la actual vigencia

Rango Decreto
Publicación 1927-08-08
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE INSTRUCCION Y SALUBRIDAD PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y

considerando:

decreta:

Artículo 1° Trasládase en la Ley de Apropiaciones para la presente vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 1927, la suma de dos mil doscientos pesos ($ 2,200), que se tomará de las imputaciones que a continuación se expresan así:

MINISTERIO DE INSTRUCCION Y SALUBRIDAD PUBLICAS

CAPITULO 56

Higiene y Sanidad.

Dirección Nacional de Higiene y Asistencia Pública.

Artículo 565.

Parágrafo 11. Sueldos del Director de Higiene de la Intendencia del Meta, en los meses de enero, febrero y marzo, a $ 150 $ 450
Parágrafo 11. Sueldos del Director de Higiene de la Intendencia de San Andrés, a $ 150, en siete meses (enero a julio) 1,050
Artículo 576. Sueldos del Médico de Sanidad del puerto de Quibdó, a $ 100, en siete meses (enero a julio) 700
Suma $ 2,200
Artículo 2° La suma que se traslada llevará la siguiente imputación:

MINISTERIO DE INSTRUCCION Y SALUBRIDAD PUBLICAS

CAPITULO 56

Higiene y Sanidad.

Dirección Nacional de Higiene y Asistencia Pública.

Artículo 579. Para aparatos, elementos y muebles del Laboratorio Nacional de Higiene, material, servicio doméstico y demás gastos $ 2,200
Artículo 3° Dése cuenta al Contralor General de la República, y envíese al Congreso, por el Ministerio de Instrucción y Salubridad Públicas, la documentación que justifica la traslación de que se trata.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 2 de agosto de 1927.

MIGUEL ABADIA MENDEZ-El Ministro de Instrucción y Salubridad Públicas, J. Vicente HUERTAS.

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