por el cual se fija una asignación y se crean unos cargos en el Ministerio de Hacienda y Crédito Público
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales, y en especial de las que Te confiere el artículo 11 de la Ley 88 de 1948,
DECRETA:
Artículo 1.° Fijase en cuatrocientos cincuenta pesos ($ 450) mensuales la asignación correspondiente al Juez Distrital de Aduanas de Barranquilla.
Articulo 2.° Créanse los siguientes cargos:
En la Secretaria General, Sección de Radicación y Reparto, una Aseadora con sesenta pesos ($ 60) mensuales.
En el Departamento de Presupuesto, Sección de Pagaduría, un Auxiliar de Kárdex de Descuentos, con ciento ochenta pesos ($ 180.) mensuales.
Artículo 3.° El presente Decreto rige desde su fecha.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 7 de mayo de 1919.
MARIANO OSPIXA PEREZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Hernán JARAMILLO OCAMPO
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