por el cual se aprueba el Acuerdo número 097 del 1987 (mayo 22), emanado de la Junta Directiva de la Industria Militar
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales y en especial la conferida en el artículo 74 del Decreto-ley 1042 de 1978,
DECRETA:
Artículo 1º. Apruébase en todas sus partes el Acuerdo número 097 de 1987 (mayo 22), por el cual se establece la Planta de Personal de Empleados Públicos de la Industria Militar, cuyo texto es el siguiente:
ACUERDO NÚMERO 097 DE 1987
(mayo 22)
por el cual se establece la planta de personal de Empleados públicos de la Industria Militar.
La Junta Directiva de la Industria Militar, en uso de sus facultades legales y estatutarias,
ACUERDA:
Artículo 1° Las funciones propias de las distintas dependencias de la Industria Militar serán cumplidas por la planta de personal de empleados públicos que a continuación se establece:
| Número Cargos | Dependencia denominación del empleo | Código | Grado |
|---|---|---|---|
| Gerencia | Gerencia | Gerencia | Gerencia |
| Uno (1) | Gerente de Empresa Industrial y Comercial del Estado | 0018 | 08 |
| Subgerencia de Relaciones Industriales | Subgerencia de Relaciones Industriales | Subgerencia de Relaciones Industriales | Subgerencia de Relaciones Industriales |
| Uno (1) | Subgerente de Empresa Industrial y Comercial del Estado | 0043 | 05 |
| Subgerencia Administrativa | Subgerencia Administrativa | Subgerencia Administrativa | Subgerencia Administrativa |
| Uno (1) | Subgerente de Empresa Industrial y Comercial del Estado | 0043 | 05 |
| Subgerencia de Ventas | Subgerencia de Ventas | Subgerencia de Ventas | Subgerencia de Ventas |
| Uno (1) | Subgerente de Empresa Industrial y Comercial del Estado | 0043 | 05 |
| Subgerencia Financiera | Subgerencia Financiera | Subgerencia Financiera | Subgerencia Financiera |
| Uno (1) | Subgerente de Empresa Industrial y Comercial del Estado | 0043 | 05 |
| Subgerencia de Producción | Subgerencia de Producción | Subgerencia de Producción | Subgerencia de Producción |
| Uno (1) | Subgerente de Empresa Industrial y Comercial del Estado | 0043 | 05 |
| Fábrica de Armas y Municiones "General José María Córdova" | Fábrica de Armas y Municiones "General José María Córdova" | Fábrica de Armas y Municiones "General José María Córdova" | Fábrica de Armas y Municiones "General José María Córdova" |
| Uno (1) | Director de Fábrica | 2130 | 10 |
| Fábrica de Explosivos "Antonio Ricaurte" | Fábrica de Explosivos "Antonio Ricaurte" | Fábrica de Explosivos "Antonio Ricaurte" | Fábrica de Explosivos "Antonio Ricaurte" |
| Uno (1) | Director de Fábrica | 2130 | 10 |
| Fábrica de Productos Metalmecánicos "Santa Bárbara" | Fábrica de Productos Metalmecánicos "Santa Bárbara" | Fábrica de Productos Metalmecánicos "Santa Bárbara" | Fábrica de Productos Metalmecánicos "Santa Bárbara" |
| Uno (1) | Director de Fábrica | 2130 | 10 |
Artículo 2° La autoridad nominadora procederá, conforme con las disposiciones legales vigentes, a designar el personal que debe ocupar los cargos que se establecen en el presente Acuerdo. Los empleados públicos que estando al servicio de la Industria Militar fueren incorporados a la Planta de Personal que por el presente Acuerdo se establece, se sujetarán a las disposiciones contenidas en el artículo 81 del Decreto 1042 de 1978.
Artículo 3° El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial el Acuerdo número 9 de 1976 y para su validez requiere aprobación por Decreto del Gobierno Nacional.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, a los veintidós (22) días del mes de mayo de mil novecientos ochenta y siete (1987).
(Fdo.) General Rafael Samudio Molina,
Ministro de Defensa Nacional.
Presidente Junta Directiva.
(Fdo.) Coronel (r) Alberto Prieto Acosta,
Secretario Junta Directiva.
Artículo 2º. El presente Decreto rige desde la fecha de su publicación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias, en especial el Decreto número 2537 de 1976.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 10 de julio de 1987.
VIRGILIO BARCO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Luis Fernando Alarcón Mantilla
El Ministro de Defensa Nacional,
General Rafael Samudio Molina
El Secretario General, encargado de las funciones de Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,
Joaquín Barreto Ruiz
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