Por el cual se suprimen unos puestos en el Ministerio de Industrias
El Presidente de la República de Colombia,
en ejercicio de las facultades que le confiere la Ley 25 de 1927,
DECRETA:
Artículo único. Suprímese los puestos de Ingeniero de Minas, y dos Visitadores de Minas, dependientes, el primero, de la Sección segunda-Técnica-del Departamento de Minas y Petróleos, y los dos últimos, de la Sección tercera-Fiscalización y Estadística- del mismo Departamento.
Estos cargos fueron creados por Decreto número 837 de fecha 8 de mayo último, reorgánico del Ministerio de Industrias, el cual queda modificado en estos términos.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 19 de julio de 1928.
MIGUEL ABADIA MENDEZ
El Ministro de Industrias,
José Antonio MONTALVO
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