Por el cual se unifican los sueldos de las comisiones colombianas de límites
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo único. A partir del 1º del presente mes, los sueldos del personal de la Comisión colombiana de límites con Panamá, serán iguales a los de las demás comisiones de limites actualmente en servicio y se continuarán pagando en moneda colombiana, así: un Ingeniero Jefe, $ 700; un Ingeniero Subjefe, $ 550; un Ingeniero Adjunto, $ 500; el Ingeniero Secretario, $ 450; un Médico, $ 450; un Ecónomo Habilitado, $ 350 y un Radiotelegrafista, $ 180.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 8 de junio de 1930.
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de Relaciones Exteriores,
jorge SOTO DEL CORRAL
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