Por el cual se suprime un empleo, se dictan unas disposiciones sobre la organización de una oficina y se hace un nombramiento en el ramo de Correos

Rango Decreto
Publicación 1921-11-28
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El primer Designado, encargado de la Presidencia de la República,

en uso de sus facultades legales

decreta:

Artículo 1º Suprímese una de las tres plazas de Ayudante que hay en la Administración de Correos de Ibagué; y las dos restantes que se dejan, corresponderán a las denominaciones de 1º y 2º: Ayudante, con una asignación mensual de veintidós pesos ($ 22) cada uno.
Artículo 2º Los sueldos del Contador Tenedor de Libros y del Oficial de Recibo y Despacho, encargado del servicio de encomiendas, valores y recomendados, serán de cincuenta y cinco pesos mensuales ($ 55) cada uno.
Artículo 3º Las disposiciones de que tratan los dos artículos anteriores, empezarán a regir desde el lº de diciembre próximo; y los nombramientos de los Ayudantes que han de subsistir en la precitada Administración, se harán por Decreto separado.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 23 d$ noviembre de 1921.

JORGE HOLGUIN-El Secretario del Ministerio de Gobierno, encargado del Despacho, Pablo A. RAMIREZ VALENCIA.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.