Por el cual se adiciona y se reforma la primera liquidación del presupuesto de gastos para el bienio de 1893 y 1894

Rango Decreto
Publicación 1893-09-30
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DEL TESORO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Vicepresidente de la República encargado del Poder Ejecutivo,

CONSIDERANDO:

1.° Que los Jueces 1.° y 2.° del Circuito de Panamá desempeñan igual trabajo y que como Jueces en lo civil, sus funciones son idénticas ;

2.° Que, por consiguiente, es justo gocen de iguales sueldos y que este es el dictamen de Su Señoría el Ministro de Justicia ; y

3.° Que en el Presupuesto de la vigencia actual se suprimieron, por error, los Juzgados Políticos del Departamento de Panamá,

DECRETA:

Artículo único. Abrense al Presupuesto de Gastos del bienio de 1893 y 1894 los créditos adicionales siguientes:

DEPARTAMENTO DE JUSTICIA.

CAPÍTULO 33

Juzgados de Circuito (Personal).

Panamá.

Artículo 163. Sueldos de los empleados de los Juzgados de Circuito de Panamá, en el bienio

5.° Para elevará $ 2,400 anuales el sueldo del Juez 2.° que fue liquidado á $ 1,800, en el bienio $ 1,200
6.° Para elevar á $ 1.440 anuales el sueldo del Secretario que fue liquidado á $ 1,200, en el bienio 480
7.° Para elevar á $ 720 anuales el sueldo del Escribiente, que fue liquidado á $ 600, en el bienio 240

capítulo 33 (bis).

Juzgados políticos de Panamá (Personal).

Artículo 163. (bis). Sueldos de los empleados de los Juzgados políticos del Departamento de Panamá, en el bienio.

13. Del Juez de Emperador, á $ 1,200 anuales 2,400
14. Del Secretario á 960 Anuales 1,920
15. Del Juez de Gorgona á $ l 200 anuales 2,400
16. Del Secretario á $ 960 Anuales 1,920
17. Del Juez de Buenavista á $ 1,200 anuales 2,400
18. Del secretario á $ 960 id 1,920
19. Del Juez de Gatún á $ 1,200 anuales 2,400
20. Del Secretario á $ 960 id 1,920
21. Del Juez de Balboa á $ 1,200 anuales 2,400
22. Del Secretario á 4 600 id 1,200
23. Del Juez del Darién á $ 1.200 anuales 2,400
24. Del Secretario á $ 600 id 1,200
25. Del Juez de Bocas del Toro á $ 1.500 anuales 3,000
26. Del Secretario á $960 id 1,920
27. Del Escribiente á $ 480 id 960
28. Del Portero á $ 240 id 480
Suma $ 32,760

Dado en Bogotá, á 17 de Agosto de 1893

El Ministro de Hacienda, encargado del Despacho del Tesoro,

Pedro Bravo.

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