Por el cual se fijan los aportes del Gobierno Nacional para los Campeonatos Nacionales Deportivos del presente año
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales,
DECRETA:
Artículo primero. De la partida apropiada en el Capítulo 391, artículo 4386 del Presupuesto Nacional vigente, destínase la suma de cuarenta y ocho mil pesos ($48.000.00) moneda corriente, como aporte del Gobierno Nacional a las distintas Asociaciones Deportivas Colombianas, suma que se distibuirá así:
Para la Asociación Colombiana de Ajedrez, como aporte del Gobierno Nacional para los gastos de preparación y desarrollo del Campeonato Nacional de 1959, y sostenimiento de la entidad,
| La suma de | $ | 3.000.00 |
|---|---|---|
| Para la Asociación Colombiana de Atletismo, con fines al desarrollo de este deporte, y para los gastos del Campeonato Nacional de 1959, la suma de | $ | 4.000.00 |
| Para la Asociación Colombiana de Basquet-ball, para los gastos que ocasione la preparación y desarrollo del Campeonato Nacional de 1959, la suma de | 4.000.00 | |
| Para la Asociación Colombiana de Billar, para contribuir a los gastos de realización del Campeonato Nacional de 1959, la suma de | 2.000.00 | |
| Para la Asociación Colombiana de Boxeo y Lucha, con fines al desarrollo del Campeonato Nacional de 1959, la suma de | 2.000.00 | |
| Para la Asociación Colombiana de Ciclismo, como aporte del Gobierno Nacional para los gastos de sostenimiento de la entidad y el desarrollo del Campeonato Nacional de 1959, la suma de | 3.000.00 | |
| Para la Asociación Colombiana de Esgrima, para los gastos de sostenimiento y preparación y desarrollo del Campeonato Nacional de 1959, la suma de | 3.000.00 | |
| Para la Asociación Colombiana de Ecuestres, para contribuír a los gastos de preparación y desarrollo del campeonato Nacional de 1959, la suma de | 2.000.00 | |
| Para la Asociación Colombiana de Gimnasia, como aporte del Gobierno Nacional para gastos de sostenimiento de la entidad, y para la preparación y desarrollo del Campeonato Nacional de 1959, la suma de | 2.000.00 | |
| Para la Asociación Colombiana de Golf, como ayuda del Gobierno Nacional para los gastos del Campeonato Nacional de 1959, la suma de | 2.000.00 | |
| Para la Asociación Colombiana de Hockey y Patinaje, para los gastos de preparación y desarrollo del Campeonato Nacional de 1959, la suma de | 3.000.00 | |
| Para la Asociación Colombiana de Natación, con destino al desarrollo del Campeonato Nacional de 1959, la suma de | 3.000.00 | |
| Para la Asociación Colombiana de Levantamiento de Pesas, para los gastos que ocasione el desarrollo del Campeonato Nacional de este deporte, de 1959, la suma de | 2.000.00 | |
| Para la Asociación Nacional de Profesores de Educación Física, para gastos de sostenimiento de la entidad y preparación del I Congreso de Profesores de Educación Física, la suma de | 3.000.00 | |
| Para la Asociación Colombiana de Tennis de Mesa, con destino al desarrollo del Campeonato Nacional de 1959, la suma de | 2.000.00 | |
| Para la Asociación Colombiana de Tejo, para sostenimiento de la entidad, y gastos que ocasione el desarrollo del Campeonato Nacional de 1959, la suma de | 3.000.00 | |
| Para la Asociación Colombiana de Tiro, con destino a la campaña de divulgación de este deporte, sostenimiento de la entidad y gastos del Campeonato Nacional de 1959, la suma de | 2.000.00 | |
| Para la Asociación Colombiana de Volibol, para sostenimiento de la entidad y gastos de preparación y desarrollo del Campeonato Nacional de 1959, la suma de | 3.000.00 | |
| Suma total | $ | 48.000.00 |
Artículo segundo. La suma de que trata el artículo anterior, su cobro, su manejo con los fines señalados en el presente Decreto y las cuentas que deban rendirse a la Contraloría General de la República, estarán a cargo de los respectivos Tesoreros de las Asociaciones Colombianas mencionadas en el artículo anterior de este Decreto.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a 6 de mayo de 1959.
ALBERTO LLERAS.
Ministro de Hacienda y Crédito Público.
Hernando Agudelo Villa,
Ministro de Educación Nacional.
Abel Naranjo Villegas
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