Por el cual se crean unas primas técnicas para unos cargos de la Planta de Personal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público

Rango Decreto
Publicación 1977-06-28
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales y en especial las que le confiere el decreto 602 de 1977,

decreta:

Artículo 1º De conformidad a lo previsto en el artículo 2º del decreto 602 de 1977, crease prima técnica para cada uno de los siguientes cargos de la Planta de Personal de la Dirección General de impuestos Nacionales del Ministerio de Hacienda y Crédito público:
Artículo 2º La asignación de la prima técnica para los cargos a que se refiere al artículo anterior, se hará por Decreto del Gobierno, con base en la solicitud razonada formulada por el Ministerio De Hacienda y Crédito Público y conforme a lo dispuesto en el decreto 602 de 1977.
Artículo 3º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese, publíquese y cúmplase,

Dado en Bogotá, D. E., a 13 de junio de 1977.

ALFONSO LOPEZ MICHELSEN

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Abdón Espinosa Valderrama.

El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,

Saturia Esguerra Portocarrero.

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