Por el cual se modifica parcialmente un decreto

Rango Decreto
Publicación 1982-05-26
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 2
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones legales,

DECRETA:

Artículo 1º. Los numerales 29, 30 y 31 del artículo 22 del Decreto 770 del 12 de marzo de 1982, quedarán así:
Artículo 2º Este Decreto rige desde su expedición.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, a 5 de mayo de 1982.

JULIO CESAR TURBAY AYALA

El Ministro de Relaciones Exteriores,

Carlos Lemos Simmonds.

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