Por el cual se dictan unas disposiciones, se crean unos puestos y se hacen unos nombramientos en la línea férrea Ibagué - Armenia
El Presídeme de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO
que es necesario adelantar los trabajos preliminares de localización, construcción de campamentos, caminos auxiliares, etc., en la línea férrea Ibagué-Armenia, mientras se encargan de dicha obra los contratistas al perfeccionar el respectivo contrato,
DECRETA:
Artículo 1.º El señor León Bares, Ingeniero Jefe de las Comisiones creadas por Decreto número 1224, de 2 de los corrientes, estará encargado de los trabajos de localización, construcción de campamentos y caminos auxiliares, etc., de la línea férrea Ibagué-Armenia, con los demás ingenieros y empleados nombrados para la misma obra.
Artículo 2.º Créase otro puesto de Ingeniero principal de las mismas Comisiones, con la asignación mensual de $ 600, y nómbrase para desempeñarlo al doctor José Julián Villaveces.
Artículo 3.º Créanse además los siguientes cargos en las mismas Comisiones, con las asignaciones mensuales que se indican:
| Un Ingeniero Jefe de Sección, con | $ | 475 |
|---|---|---|
| Dos Ingenieros Ayudantes, cada uno con | 300 | |
| Un Ayudante del Contador General, con | 300 | |
| Un Cajero Pagador, con | 250 |
Artículo 4.º Para desempeñar los cargos a que se refiere el artículo anterior, hácense los siguientes nombramientos:
Ingeniero Jefe de Sección, señor Paulin Emile Comet.
Ingenieros Ayudantes, Robert Samson y Paúl Cassier.
Ayudante del Contador General, Emile Francois Jenin.
Cajero Pagador, Hernán Cortés.
Artículo 5.º El Cajero Pagador rendirá mensualmente sus cuentas a la Contraloría General de la República y antes de posesionarse deberá otorgar fianza por la cuantía que fije la misma Contraloría.
Artículo 6.º Los gastos que ocasionen los trabajos a que se refiere el presente Decreto, se incorporarán en las cuentas de los contratistas al abrir éstos su contabilidad definitiva, una vez perfeccionado el respectivo contrato.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 19 de julio de 1928.
MIGUEL ABADIA MENDEZ
El Ministro de Obras Públicas,
Sotero PEÑUELA
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