Por el cual se deroga el artículo 3º del Decreto número 1821 de 1954
La Junta Militar de Gobierno de la República de Colombia,
en uso de las atribuciones de que trata el artículo 121 de la Constitución Nacional, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto número 3518 de 9 de noviembre de 1949, se declaró turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio de la República.
Que en el artículo 3º del Decreto número 1821 de 11 de junio de 1954, se dispuso que los Presidentes y Secretarios de las Cámaras de Comercio, que tengan un presupuesto anual de cincuenta mil pesos ($ 50.000.00) o más, sean nombrados por el Presidente de la República de ternas pasadas por las respectivas Juntas Directivas, y
Que es conveniente que las Cámaras de Comercio, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 28 de 1931, conserven su autonomía para nombrar sus dignatarios y secretarios,
DECRETA:
Artículo primero. Derógase el artículo 3º del Decreto legislativo número 1821 de 11 de junio de 1954.
Artículo segundo. La elección de Presidente y Secretario de las Cámaras de Comercio, que tengan un presupuesto anual de cincuenta mil pesos ($ 50.000.00) o más, se hará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 28 de 1931.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D.E., a 17 de julio de 1957.
Mayor General, GABRIEL PARÍS G.,
Presidente de la Junta.
Mayor General Deogracias Fonseca.-Contra-almirante Rubén Piedrahita.-Brigadier General Rafael Navas Pardo. - Brigadier General Luis E. Ordóñez. El Ministro de Gobierno, José María Villarreal. El Ministro de Relaciones Exteriores, Carlos Sanz de Santamaría.-El Ministro de Justicia, Mayor General Alfredo Duarte Blum.- El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Antonio Álvarez Restrepo.- El Ministro de Guerra, Brigadier General Alfonso Sáiz Montoya.- El Ministro de Agricultura, Jorge Mejía Salazar.- El Ministro de Trabajo, Raimundo Emiliani Román.- El Ministro de Salud Pública, Juan Pablo Llinás.- El Ministro de Fomento, Joaquín Vallejo.- El Ministro de Minas y Petróleos, Julio César TurbayAyala.- El Ministro de Educación Nacional, Próspero Carbonell. El Ministro de Comunicaciones, Mayor General Pedro A. Muñoz.- El Ministro de Obras Públicas, Tulio Ospina.
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