Por el cual se suprimen un puesto y dos oficinas mixtas, se crea otra, se señalan unas asignaciones y se hacen unos nombramientos en el ramo telegráfico

Rango Decreto
Publicación 1933-08-12
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE CORREOS Y TELEGRAFOS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo 1° A partir del primero de agosto del presente año suprímese el puesto de Oficial de Recibo de la Oficina Telegráfica de Puerto Wilches, con asignación mensual de $ 72.
Artículo 2° Desde la vigencia del presente Decreto créanse las Oficinas Postales y Telegráficas de Bocas del Carare (Santander del Sur), y Ginebra (V.), con un Telegrafista Administrador de Correos como Jefe, cada una, y éstos con asignación mensual de $ 45 cada uno, imputables al capítulo 56, artículo 253, del Presupuesto vigente.
Artículo 3° A partir del primero de agosto de este año suprímese la Oficina Postai y Telegráfica de El Cedro (Antioquia), y créase en su lugar la de Uramita, Corregimiento del Municipio de Dabeiba (Antioquia), con un Telegrafista Administrador que devengará la misma asignación mensual de $ 40, correspondiente a la oficina suprimida.
Artículo 4° Hácense los siguientes nombramientos:

Pedro Avila, Telegrafista, Administrador de Correos de Bocas del Carare.

Hilda Concha, Telegrafista Administradora de Correos de Ginebra (Valle). Susana Carrasquilla, Telegrafista Administradora de Correos de Uramita (Antioquia).

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 27 de julio de 1933.

ENRIQUE OLAYA HERRERA

El Ministro de Correos y Telégrafos,

Alberto PUMARE JO

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