por el cual se abre un credito extraordinario al Presupuesto de Gastos del bienio de 1905 y 1906

Rango Decreto
Publicación 1905-11-22
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y TESORO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

En ejercicio de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. Abrese el presupuesto de Gastos del bienio económico de 1905 y 1906 un crédito extraordinario por la suma de $ 3,435-35, que tendrá la siguiente imputación :

MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA

Departamento de instruccion publica

Servicio de 1905 y 1906.

Capitulo 50

Gastos varios.

Art.331d. Para pagar el Sr. Juan N. Rodríguez N. el valor de varios créditos que le fueron reconocidos por el Ministro de Instrucción Pública en Resolución de 21 de Septiembre de 1905, por servicios prestados al Gobierno nacional de 28 de Mayo de 1897 á 30 de Septiembre de 1899, la suma de $ 3,435 35

Suma $ 3,435 35

Parágrafo. El Ministerio de Instrucción Pública solicitará del cuerpo legislativo la legalización del crédito abierto por el presente Decreto.

Publíquese.

Dado en Bogotá, á 13 de Noviembre de 1905

R. REYES

El Ministerio de Hacienda y Tesoro,

Pedro AntonioMolina

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