Por el cual se modifica el artículo 5 del Decreto número 910 de 1978, que fija el sistema de clasificación, remuneración y nomenclatura de los empleos de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones

Rango Decreto
Publicación 1978-07-28
Estado Vigente
Departamento DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL SERVICIO CIVIL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de las facultades que le confiere la ley 5a de 1978,

DECRETA.

Artículo 1°. modificase el artículo 5o. del decreto 910 de mayo 17 de 1978,

así:

El personal de la empresa nacional de telecomunicaciones clasificado en escala rdf-04 tendrá derecho a los siguientes gastos de representación:

Artículo 2°. El presente decreto rige desde la fecha de su expedición, surte efectos fiscales a partir del primero de abril de mil novecientos setenta y ocho y deroga las disposiciones que la sean contrarias.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, a 6 de julio de 1978.

ALFONSO LOPEZ MICHELSEN.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Alfonso Palacio Rudas.

El Ministro de Comunicaciones.

Sara Ordoñez Londoño.

El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil, encargado,

Mario Madrid- Malo Garizabal.

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