Por el cual se modifica el Decreto 1600 de 1988

Rango Decreto
Publicación 1989-06-20
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 2
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las previstas en el artículo 1º del Decreto extraordinario 1050 de 1968,

DECRETA:

Artículo 1º Adiciónase y modifícase la composición del Consejo Directivo dela Misión de Ciencia y Tecnología a que se refiere el artículo 3º del Decreto 1600 de 1988, en el siguiente sentido:

El Consejo Directivo estará constituido por el Ministro de Educación Nacional o su delegado quien lo presidirá, el Ministro de Desarrollo Económico o su Delegado, el Jefe del Departamento Nacional de Planeación o su Delegado, el Rector de la Universidad Nacional de Colombia, dos Delegados del Presidente de la República, y ejercerá las siguientes funciones:

Parágrafo. La Secretaría Ejecutiva del Consejo Directivo será ejercida por el Director General de la Misión.

Artículo 2º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 20 de junio de 1989.

VIRGILIO BARCO

El Ministro de Educación Nacional,

Manuel Francisco Becerra Barney.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.

Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de SUIN-Juriscol, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público. SUIN-Juriscol
Textos normativos oficiales del Estado colombiano, reproducibles conforme al art. 41 de la Ley 23 de 1982, con la obligación de conformarse con la edición oficial. Los campos editoriales que acompañan a cada norma (vigencia, subtipo, sector, materia) y el historial de reformas provienen de la anotación de SUIN-Juriscol (Ministerio de Justicia y del Derecho); Legalize no reclama derechos sobre ellos, ni reproduce el formato, el diseño ni la marca del portal. La licencia MIT cubre el código del pipeline, nunca el contenido normativo.