Por el cual se integra el comité para la realización de la Gestión Pública
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confiere el Decreto 1050 de 1968, y
CONSIDERANDO:
Que el Comité para la Racionalización de la Gestión Pública fue creado mediante Decreto 1933 de 1981;
Que el Gobierno Nacional considera útil y necesario continuar con la eficiente labor que dicho comité cumplió desde su creación;
Que es conveniente reorganizar el mencionado comité en orden a lograr una mayor funcionalidad y operación,
DECRETA:
Artículo 1º El Comité para la Racionalización de la Gestión Pública estará integrado así:
- a) El Jefe del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, quien lo presidirá;
- b) El Secretario Jurídico de la Presidencia de la República;
- c) El Secretario de Administración Pública de la Presidencia de la República;
- d) El Subjefe del Departamento Nacional de Planeación; y,
- e) El Director General del Fondo Nacional de Proyectos de Desarrollo FONADE.
Artículo 2º El comité a que se refiere el artículo anterior, estará adscrito al Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y continuará ejerciendo las funciones previstas en el artículo 5º del Decreto 1933 de 1981.
El Fondo Nacional de Proyectos de Desarrollo, FONADE, desempeñará las actividades de Secretaría Técnica y Administrativa del referido comité.
Artículo 3º El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición, deroga los artículos 1º, 3º y 4º del Decreto 1933 de 1981 y modifica el artículo 2º del citado Decreto.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 13 de mayo de 1985.
BELISARIO BETANCUR
La Jefe del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,
Liliam Suarez Melo.
El Jefe del Departamento Nacional de Planeación (E.),
Dario Bustamante Roldan.
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