Por el cual se integra el comité para la realización de la Gestión Pública

Rango Decreto
Publicación 1985-06-06
Estado Vigente
Departamento PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 3
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confiere el Decreto 1050 de 1968, y

CONSIDERANDO:

Que el Comité para la Racionalización de la Gestión Pública fue creado mediante Decreto 1933 de 1981;

Que el Gobierno Nacional considera útil y necesario continuar con la eficiente labor que dicho comité cumplió desde su creación;

Que es conveniente reorganizar el mencionado comité en orden a lograr una mayor funcionalidad y operación,

DECRETA:

Artículo 1º El Comité para la Racionalización de la Gestión Pública estará integrado así:

Artículo 2º El comité a que se refiere el artículo anterior, estará adscrito al Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y continuará ejerciendo las funciones previstas en el artículo 5º del Decreto 1933 de 1981.

El Fondo Nacional de Proyectos de Desarrollo, FONADE, desempeñará las actividades de Secretaría Técnica y Administrativa del referido comité.

Artículo 3º El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición, deroga los artículos 1º, 3º y 4º del Decreto 1933 de 1981 y modifica el artículo 2º del citado Decreto.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 13 de mayo de 1985.

BELISARIO BETANCUR

La Jefe del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,

Liliam Suarez Melo.

El Jefe del Departamento Nacional de Planeación (E.),

Dario Bustamante Roldan.

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