Por el cual se concede franquicia postal a una comisión de estudios epidemiológicos
EPIDEMIOLOGICOS
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo único. Concédese franquicia en las correos nacionales, dentro de las prescripciones reglamentarias, a la Comisión Especial de Estudios Epidemiológicos formada por los doctores Johannes H. Bauér, John A. Kerr y Luis Patiño Camargo, para la correspondencia y encomiendas que dirijan en el desempeño de su misión.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 1° de agosto de 1932.
ENRIQUE OLAYA HERRERA
El Ministro de Correos y Telégrafos,
Alberto PUMAREJO
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