Por el cual se hace un traslado en la Ley de Apropiaciones de la vigencia en curso

Rango Decreto
Publicación 1932-08-06
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO

que el honorable Consejo de Ministros, en sesión del día 29 de julio último, autorizó el traslado solicitado por el Ministerio, de Obras Públicas, de la suma de $ 2,000 dentro ,del capítulo ,64 de 1a Ley de Apropiaciones de la vigencia en curso,

DECRETA:

Artículo único. Trasládese la suma de dos mil pesos ($ 2,000) del artículo 513, capítulo 64, al artículo 505 del mismo capítulo, en la Ley de Apropiaciones de la Vigencia en curso.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 1° de agosto de 1932.

ENRIQUE OLAYA HERRERA

El Ministro de Obras, Públicas,

Alfonso ARAUJO

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