Por el cual se hace un traslado en el Presupuesto de la vigencia fiscal en curso
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO
que el Consejo de Ministros, en su sesión del día 16 de junio en curso, autorizó el traslado de la suma de $ 5.000 dentro del presupuesto del Ministerio de Educación Nacional, según consta en la nota número 2577, procedente de la Secretaria de la mencionada entidad,
DECRETA:
Artículo único. Hácese el siguiente traslado en el Presupuesto vigente:
MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
| Del capítulo 64, artículo 476. Para la repatriación de los restos de don Santiago Pérez, según la Ley. 23 dé 1909 | $ | 5.000.00 | |
|---|---|---|---|
| Capítulo 59, articulo 401. Para sostenimiento de la Escuela Nacional de Comercio | 5.000.00 | ||
| Iguales | $ | 5.000.00 | 5.000.00 |
| Comuníquese y publíquese Dado en Bogotá a 24 de junio de 1939. EDUARDO SANTOS El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Carlos LLERAS RESTERPO El Ministro de Educación Nacional Alfonso ARAUJO | Comuníquese y publíquese Dado en Bogotá a 24 de junio de 1939. EDUARDO SANTOS El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Carlos LLERAS RESTERPO El Ministro de Educación Nacional Alfonso ARAUJO | Comuníquese y publíquese Dado en Bogotá a 24 de junio de 1939. EDUARDO SANTOS El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Carlos LLERAS RESTERPO El Ministro de Educación Nacional Alfonso ARAUJO | Comuníquese y publíquese Dado en Bogotá a 24 de junio de 1939. EDUARDO SANTOS El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Carlos LLERAS RESTERPO El Ministro de Educación Nacional Alfonso ARAUJO |
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