por el cual se suprimen unos cargos y un Consulado en el Servicio Exterior y se entiende una jurisdicción
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confiere el numeral 21 del artículo 120 de la Constitución Política,
DECRETA:
Artículo 1° A partir del 1° de agosto de 1988, suprímense en el Consulado General de Colombia en Liverpool (Gran Bretaña), los siguientes cargos:
Un (1) Cónsul General, Grado Ocupacional 4 EX, con una asignación básica mensual de dos mil setecientos ochenta y un dólar con 04/100 (US$ 2.781.04), actualmente ocupado por la señora Gloria de Jesús Escobar de Evans, quien fue trasladada a Planta Interna mediante el Decreto número 1019 de fecha 24 de mayo de 1988.
Un (1) Auxiliar Administrativo Bilingüe 6 PA, con una asignación básica mensual de ochocientos noventa y ocho dólares con 14/100 (US$ 898.14), actualmente ocupado por la señora Elizabeth Mathilde Laughland.
Artículo 2° A partir del 1° de agosto de 1988, suprímese el Consulado General de Colombia en Liverpool (Gran Bretaña).
Artículo 3° A partir de la misma fecha, extiéndese la jurisdicción del Consulado General de Colombia en Londres a todo el territorio de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte.
Artículo 4° Las erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente Decreto se pagarán con cargo al presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Artículo 5° Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación,
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 7 de julio de 1988.
VIRGILIO BARCO
El Ministro de Relaciones Exteriores,
Julio Londoño Paredes.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Luis Fernando Alarcón Mantilla.
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