Por medio del cual se hace un traslado en el presupuesto del Ministerio de Gobierno y se fija el personal de la Policía Nacional para la Intendencia Nacional de San Andrés y Providencia
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades,
DECRETA:
Artículo 1.° Del capítulo 16, artículo 36, del Presupuesto Nacional de la actual vigencia, se trasladan las siguientes cantidades:
| Capítulo 14, artículo 31 | $ | 3,300 |
|---|---|---|
| Capítulo 14, articulo 32 | 220 | |
| Suma el traslado | $ | 3,250 |
Artículo 2.° El personal mínimo de la Sección de la Policía Nacional que Se mantendrá en la Intendencia Nacional de San Andrés y Providencia, del 1.° de agosto del año en curso en adelante, será el siguiente:
Un Jefe, un Secretario y 16 Agentes.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, a 24 de julio de 1935.
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de Gobierno,
Darío ECHANDIA
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