Por el cual se distribuyen las partidas para sueldos del personal y alimentación de alumnos y empleados de la Colonia Escolar de Arcabuco

Rango Decreto
Publicación 1942-01-29
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. Para sueldos del personal y alimentación de alumnos y empleados internos de la Colonia Escolar de Arcabuco, distribúyense las siguientes partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente, así:

Para sueldos del personal en doce (12) meses, enero a diciembre, así:

Mensual. Total.
Directora (interna), a $ 90.00 1.080.00
Habilitada (interna), a 40.00 480.00
Ecónoma (interna), a 25.00 300.00
Enfermera-celadora (interna), a 40.00 480.00
Portera-celadora (interna), a 40.00 480.00
Portero-mandadero (interno), a 15.00 180.00
Granjero-hortelano (interno), a 20.00 240.00
Médico (externo), a 50.00 600.00
Dentista (externo), a 40.00 480.00
Servicio doméstico, según distribución que hará la Directora, hasta 40.00 480.00
Total $ 360.00 4.320.00
b) Capítulo 60, artículo 808.
Alimentación de cinco (5) empleados internos en el mes de enero, a $ 9.00 mensuales, cada uno $ 45.00
Alimentación de once (11) empleados internos en once (11) meses de febrero a diciembre, a razón de $ 9.00 mensuales, cada uno 99.00 1.089.00
Alimentación de cincuenta (50) alumnos internos, durante cuatro meses, de febrero a mayo, a razón de $ 9.00 mensuales cada uno 450.00 1.800.00
Alimentación de setenta (70) alumnos internos, durante siete meses, de junio a diciembre, a razón de $ 9.00 mensuales, cada uno 630.00 4.410.00
Para servicios de energía, agua, teléfono, aseo, transportes, excursiones, útiles, drogas y demás gastos de esta Colonia 3.276.00
Total $ 10.620.00
Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá a 23 de enero de 1942. EDUARDO SANTOS El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Carlos LLERAS RESTREPO El Ministro de Educación Nacional, Germán ARCINIEGAS Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá a 23 de enero de 1942. EDUARDO SANTOS El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Carlos LLERAS RESTREPO El Ministro de Educación Nacional, Germán ARCINIEGAS Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá a 23 de enero de 1942. EDUARDO SANTOS El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Carlos LLERAS RESTREPO El Ministro de Educación Nacional, Germán ARCINIEGAS
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