Por el cual se establece una oficina en el ramo Telegráfico
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
decreta:
Establécese por cuenta del Gobierno la Oficina Telegráfica interna de Agua de Dios, con el personal y asignaciones mensuales siguientes:
| Un Telegrafista Jefe, con | $ | 25 |
|---|---|---|
| Un Ayudante | 15 | |
| Un Cartero | 3 | |
| Para gastos de alumbrado | 1 |
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 28 de julio de 1917.
JOSE VICENTE CONCHA-El Ministro de Gobierno, Miguel ABADIA MENDEZ.
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