relativo a la presentación de proyecto de presupuesto para la vigencia fiscal de 1941

Rango Decreto
Publicación 1940-07-15
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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en uso de las facultadas de que está investido por la Ley 54 de 1939, y

CONSIDERANDO

Que par medio de la Ley invocada, el Gobierno está investido de facultades para dictar medidas de orden económico que el dictamen de los facultativos oficiales determina la aplicación de las posiciones sobre retiro, al tenor de las formalidades del Decreto número 1307 de 1932; y

Que, de conformidad con el numeral 2°. del articulo 7 de la Ley 71 de 1915, se comprenden en retiro absoluto los Oficiales que se imposibilitan para continuar en el servicio activo por enfermedad, previo examen de los médicos oficiales,

DECRETA:

Artículo único. Por inhabilidad para continuar en servicio activo, retirase del Ejército, en forma absoluta, al Teniente Luis A. Rincón, de la Sección de Oficiales en Disponibilidad del Departamento de Personal del Ministerio de Guerra.

Parágrafo. La novedad de baja fiscal del Teniente Rincón se causará sesenta (60) días después de la fecha del presente Decreto.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá á 9 de julio de 1940,

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Guerra

José Joaquín CASTRO M

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