Por el cual se modifica el decreto número 1237 de 12 de julio del corriente año
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO
Que por Decreto número 1206 de 12 de julio del presente año se dispuso el traslado de la cantidad de cuarenta y siete mil seiscientos pesos ($ 47,600), del capítulo 32, artículo 107, al capítulo 14, articulo 30-A, para atender a gastos de vestuario de la Policía Nacional y adquisición de un equipo fotográfico para investigaciones criminales; y
Que ese traslado se repitió dentro de los ordenados por Decreto posterior número 1237 de la misma fecha,
DECRETA:
Artículo único. Revócase en su última parte, la referente al traslado arriba expresado, del capítulo 32, artículo 107, al capítulo 14, articulo 30-A, el Decreto número 1237 de 12 de julio del corriente año.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 28 de julio de 1933.
ENRIQUE OLAYA HERRERA.
Ministro de Gobierno,
Agustin MORALES OLAYA
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