Por el cual se reclasifica un cargo en la planta de personal del Ministerio de Fomento, establecida por el Decreto 2233 de 1964
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y en especial de las que le confiere el artículo 15 del Decreto 1732 de 1960, oído el concepto favorable de la Comisión Nacional del Servicio Civil,
DECRETA:
Artículo primero. Reclasificase el siguiente empleo de la planta de personal del Ministerio de Fomento, establecida por Decreto 2233 de 1964, en el sentido que se indica a continuación:
Dirección del Ministerio.
Oficina jurídica.
| Clase de empleo | Grado Ocupacional | |
|---|---|---|
| 1 | Jefe de Oficina VII | 21 |
| Por | ||
| 1 | Asesor Jurídico VI | 23 |
Artículo segundo. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a mayo 31 de 1965.
GUILLERMO LEON VALENCIA
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Hernando Duran Dussán.-El Ministro de Fomento, Aníbal López Trujillo.-El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil, Guillermo Zarama Villota.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.