Por el cual se hace un traslado en el presupuesto de gastos vigente
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales, y
CONSIDERANDO
que el honorable Consejo de Ministros, en sesión del día 17 del mes en curso, aprobó la proposición con que termina el informe del señor Ministro de Hacienda y Crédito Público, referente a un traslado en el actual Presupuesto de gastos del Ministerio de Correos y Telégrafos, por estar la solicitud respectiva en un todo de acuerdo con las prescripciones de que trata el artículo 17 de la Ley 34 de 1923,
DECRETA:
Artículo 1.º Trasládase la suma de $ 3,000, del artículo 741, capítulo 57, de la Ley de Apropiaciones para la vigencia en curso, al artículo 745, del mismo capítulo.
Artículo 2.º Desé cuenta de este traslado al señor Contralor General de la República.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 21 de julio de 1928.
MIGUEL ABADIA MENDEZ
El Ministro de Correos y Telégrafos,
José Jesús GARCIA
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