Por el cual se abren unos créditos adicionales al Presupuesto de Rentas e Ingresos y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 1967 (Policía Nacional), por $ 40.570.210.00
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que por medio del ordinal b) del artículo 56 de la Ley 77 de 1986 y del parágrafo 1° del mismo artículo, se autorizó al Gobierno Nacional para abrir, mediante decreto, los créditos presupuéstales necesarios para la buena marcha de la Administración Pública y el nuevo Plan de Inversiones del Gobierno, sin sujeción a las limitaciones impuestas por el Decreto - ley número 1675 de 1964;
Que la Policía Nacional ha solicitado la apertura de unos créditos adicionales a su presupuesto de gastos para la vigencia fiscal de 1967, por valor de $ 40.570.210.00 con el objeto de atender a su normal funcionamiento;
Que en el ejercicio fiscal de 1966 se liquidó con superávit, sobre el cual el Contralor General de la República, expidió el Certificado de Disponibilidad número 13 de 1967, por $78.705.525.67, de los cuales se utiliza la cantidad de $40.570.210.00 para financiar los créditos de que trata este Decreto, y
Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios,
DECRETA:
Artículo 1° Adiciónanse los cómputos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal de 1967, con la cantidad de cuarenta millones quinientos setenta mil doscientos diez pesos ($ 40.570.210.00) moneda legal, que, con base en el Certificado de Disponibilidad número 13 del mismo año, expedido por el Contralor General de la República, se incorporarán con imputación al siguiente numeral:
PRESUPUESTO DE RENTAS E INGRESOS
CAPITULO XIV
Recursos del Balance del Tesoro
| Numeral 161. Superávit, fiscal de 1966 | 40.570.10.00 | |
|---|---|---|
| Suma el recurso | $ | 40.570.210.00 |
| Artículo 2° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1967: PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO POLICIA NACIONAL CAPITULO 0401 Policía Nacional PROGRAMA 337 Servicios Policiales Servicios personales 102, 132, 129. Artículo 4013. Subsidio familiar y demás primas legales | $18.199.991.90 | |
| --- | --- | --- |
| Gastos generales 105, 132, 201. Artículo 4015. Mantenimiento y aseguros | $3.000.000.00 | |
| 105, 132, 301. Artículo 4016. Compra de equipo | 4.975.218 | |
| 106, 132, 207. Artículo 4019. Servicios públicos | 1.000.000.00 | |
| 106, 132, 305. Artículo 4020. Materiales y suministros | 4.700.000.00 | |
| 106, 132, 311. Artículo 4021. Impresos y publicaciones | 150.000.00 | |
| PROGRAMA 338 Capacitación del Personal Subprograma 1 Escuela "General Santander" Gastos generales 105, 317, 201. Artículo 4030. Mantenimiento y aseguros | 20.000.00 | 20.000.00 |
| 106, 317, 305. Artículo 4031. Materiales y suministros | 10.000.00 | 10.000.00 |
| Subprograma 2 Escuela "Gonzalo Jiménez de Quesada" Gastos generales 105, 317, 201. Artículo 4036. Mantenimiento y aseguros | 20.000.00 | 20.000.00 |
| 106, 317, 305. Artículo 4037. Materiales y suministros | 5.000.00 | 5.000.00 |
| PROGRAMA 339 Sanidad y Asistencia Social Servicios personales 101, 352, 111. Artículo 4042. Honorarios (pagos a profesionales) | 240.000.00 | 240.000.00 |
| Gastos generales 106, 352, 305. Artículo 4047. Materiales y suministros | 4.000.000.00 | 4.000.000.00 |
| Transferencias 202, 333, 402. Artículo 4048. Caja de Previsión Social | 4.000.000.00 | |
| 201, 332, 401. Artículo 4049. Pensiones | 250.000.00 | |
| Suman los créditos | $ | 40.570.210.00 |
Artículo 3° El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a julio 14 de 1967.
CARLOS LLERAS RESTREPO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Abdón Espinosa Valderrama.
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