Por el cual se hace un traslado en el presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1979 (Ministerio de Relaciones Exteriores), por $ 6.000.000.00

Rango Decreto
Publicación 1979-07-06
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

considerando:

Que el Ministerio Relaciones Exteriores por medio de la Resolución número 895 de 1979 declaró sobrante la suma de $ 6.000.000 en el presupuesto de gastos para la vigencia fiscal de 1979, con el objeto de que sea trasladada para incrementar otra apropiación de su mismo presupuesto que resultó insuficiente;

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 113 del Decreto-ley número 294 de 1973, el Contralor General de la República expidió el certificado de Reserva y Disponibilidad número 40 de 1979 por valor de $ 6.000.000 para amparar el traslado presupuestal de que trata este Decreto, y

Que se han cumplido los requisitos legales necesarios,

decreta:

Artículo 1° Hácese el siguiente traslado en el presupuesto de gastos para la vigencia fiscal de 1979:

CONTRACREDITO

Presupuesto de funcionamiento

Ministerio de Relaciones Exteriores.

CAPITULO 3

Embajadas y Consulados

Servicios personales
Claves:
113 2 11. Artículo 1101. Sueldos del personal de nómina 6.000.000
Valor del Contracrédito $ 6.000.000

CREDITO

Presupuesto de funcionamiento

Ministerio de Relaciones Exteriores.

CAPITULO 2

Dirección General del Protocolo.

Gastos generales.
Claves:
113 60 12 Artículo 1123. Recepciones 6.000.000
Valor del Crédito $ 6.000.000
Artículo 2° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a junio 6 de 1979.

julio cesar turbay ayala

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Jaime García Parra.

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