Por el cual se dicta una disposición en el Ramo de telegrafía
El Vicepresidente de la República, encargado del Poder Ejecutivo,
En uso de sus facultades legales,
decreta:
Artículo único. En atención al recargo de trabajo en la Oficina Telegráfica de Guaduas, á contar del día l.° del presente mes, los empleados de dicha Oficina devengarán los sueldos asignados á las Oficinas de Traslación, en Decreto número 1,161 (bis), de 3 de Octubre del corriente año; y la partida para gastos de alumbrado de tal Oficina será misma que corresponde á las Oficinas de esa clase, de acuerdo con el Decreto número 1,094, de 17 de Septiembre último.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, á 11 de Diciembre de 1901.
José Manuel MARROQUÍN
El Ministro de Gobierno,
guillermo QUINTERO C.
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