Por el cual se abren unos créditos adicionales al Presupuesto de Rentas e Ingresos y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 1967 (Ministerio de Defensa Nacional), por $ 70.000.000.00

Rango Decreto
Publicación 1967-07-29
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que por medio del ordinal b) del artículo 56 de la Ley 77 de 1966 y del parágrafo 1° del mismo artículo, se autorizó al Gobierno Nacional para abrir, mediante decreto, los créditos presupuéstales necesarios para la buena marcha de la Administración Pública y el nuevo Plan de Inversiones del Gobierno, sin sujeción a las limitaciones impuestas por el Decreto - ley número 1675 de 1964;

Que el Ministerio de Defensa ha solicitado la apertura de unos créditos adicionales a su presupuesto de gastos para la vigencia fiscal de 1967, por valor de $70.000.000.00, con el objeto de atender a su normal funcionamiento durante el resto del año;

Que existe un saldo disponible de $53.000.000.00 proveniente de la emisión de Bonos Ganaderos, sobre el cual la Contrataría General de la República expidió el Certificado de Disponibilidad número 9 de 1967, el cual puede ser legalmente utilizado para financiar parte de los créditos de que trata este Decreto;

Que el ejercicio fiscal de 1966 se liquidó con superávit, sobre el cual el Contralor General de la República expidió el Certificado de Disponibilidad número 13 de 1967, por $78.705.525.67, de los cuales se utiliza la cantidad de $17.000.000.00 para financiar el resto de los créditos presupuéstales de que se trata y

Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios,

DECRETA:

Artículo 1° Adiciónanse los cómputos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal de 1967, con la cantidad de setenta millones de pesos ($ 70.000.000.00) moneda legal, que con base en los Certificados de Disponibilidad números 9 y 13 del mismo año, expedidos por el Contralor General de la República, se incorporarán con imputación a los siguientes numerales:

PRESUPUESTO DE RENTAS E INGRESOS

CAPITULO XIV

Recursos del Balance del Tesoro

Numeral 161. Superávit fiscal de 1966 $ 17.000.000
CAPITULO XV a) Recursos del Crédito Interno Numeral 165. Emisión de Bonos Ganaderos 53.000.000
Suman los recursos $ 70.000.000
Artículo 2° Con base en el recurso fiscal de que trata el artículo anterior, ábrense tas siguientes créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1967: PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL CAPITULO 0351 Dirección del Ministerio PROGRAMA 306 Gabinete del Ministro Servicios personales 102, 151, 119. Artículo 3504. Alimentación, lavado y peluquería $ 76.088
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102, 151 127. Artículo 3505. Subsidio de Transporte 300.000
Gastos generales 105, 151, 201. Artículo 3506. Mantenimiento y aseguros 50.000 50.000
105, 151, 301. Artículo 3507. Compra de equipo 50.000 50.000
106, 151, 211. Artículo 3510 - A. Gastos varios e imprevistos 200.000 200.000
Transferencias (Recursos del Crédito Interno Bonos Ganaderos 1966) 202, 332, 401. Artículo 3511 - A. Pago de Pensiones (Bonos Ganaderos) 2.000.000 2.000.000
202, 333, 402. Artículo 3512 - A. Pago de prestaciones sociales (Bonos Ganaderos) 10.000.000 10.000.000
204, 333, 420. Artículo 3514 - A. Caja de Sueldos de Retiro (Bonos Ganaderos) 22.000.000 22.000.000
204, 352, 420. Artículo 3514 - A. Sostenimiento Hospital Militar (Bonos Ganaderos) 1.000.000 1.000.000
CAPITULO 0352 Comando General de las Fuerzas Militares PROGRAMA 307 Operación Administrativa del Comando General. Servicios personales 101, 151, 103. Artículo 3516. Sueldos del personal de nómina 641.786 641.786
102, 151, 117. Artículo 3518. Prima de Navidad 22.940 22.940
Gastos generales 105, 151, 201. Artículo 3520. Mantenimiento y aseguros 76.486 76.486
106, 151. 305. Artículo 3525. Materiales y suministros 100.000 100.000
CAPITULO 0353 Ejército Nacional PROGRAMA 311 Operación Administrativa del Ejército. Gastos generales 105, 152, 201. Artículo 3540. Mantenimiento y aseguros. 3.989.050 3.989.050
(Recursos del Crédito Interno - Bonos Ganaderos 1966) 105, 152, .301. Artículo 3541 - A. Compra de equipo (Bonos Ganaderos) 11.000.00 11.000.00
(Recursos Ordinarios) 106, 152, 305. Artículo 3545. Materiales y suministros $ 3.330.000
PROGRAMA 312 Administración de Instalaciones del Ejército. Gastos generales 105, 152, 201. Artículo 3548. Mantenimiento y aseguros 2.295.700 2.295.700
PROGRAMA 313 Equipo y Material de Guerra Gastos generales (Recursos del Crédito Interno - Bonos Ganaderos 1966). 105, 152, 301. Artículo 3552 - A. Compra de equipo (Bonos Ganaderos) 3.000.000 3.000.000
PROGRAMA 314 Sanidad del Ejército Gastos generales (Recursos Ordinarios) 106, 152, 305. Artículo 3556. Materiales y suministros 454.496 454.496
(Recursos del Crédito Interno - Bonos Ganaderos 1966) 106, 152, 305. Artículo 3556-A. Materiales y suministros (Bonos Ganaderos) 2.000.000 2.000.000
CAPITULO 0354 Armada Nacional PROGRAMA 316 Operación Administrativa de la Armada. Gastos Generales 105, 153, 201. Artículo 3563. Mantenimiento y aseguros 27.409 27.409
105, 153, 301. Artículo 3564. Compra de equipo 335.400 335.400
106, 153, 207. Artículo 3567. Servicios públicos 496.917 496.917
106, 153, 305. Artículo 3568. Materiales y suministros 574.844 574.844
PROGRAMA 317 Administración e Instalaciones de la Armada. Gastos generales 105, 153, 201. Artículo 3572. Mantenimiento y aseguros 300.000 300.000
PROGRAMA 318 Equipo y Material de Guerra Gastos generales Recursos del Crédito Interno - Bonos Ganaderos 1966) 105, 153, 201. Artículo 3575 - A. Mantenimiento y aseguros (Bonos Ganaderos) 2.000.000 2.000.000
(Recursos Ordinarios) 105, 153, 301. Artículo 3576. Compra de equipo 433.803 433.803
CAPITULO 0355 Fuerza Aérea Colombiana PROGRAMA 321 Operación Administrativa de la Fuerza Aérea Colombiana. Gastos generales 106, 154, 205. Artículo 3590. Servicios de comunicaciones 90.270 90.270
106, 154, 207. Artículo 3591. Servicios públicos 9.072 9.072
106, 154, 305. Artículo 3592. Materiales y suministros 1.426.934 1.426.934
106, 154, 209. Artículo 3594. Arrendamientos 14.850 14.850
PROGRAMA 322 Administración de Instalaciones de la Fuerza Aérea Colombiana. Gastos generales 105, 154, 201. Artículo 3596. Mantenimiento y aseguros 860.205 860.205
PROGRAMA 323 Equipo y Material de Guerra Gastos generales 105, 154, 201. Artículo 3598. Mantenimiento y aseguros 843.750
Suman los créditos. $ 70.000.000
Artículo 3° El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D.E., a julio 14 1967.

CARLOS LLERAS RESTREPO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Abdón Espinosa Valderrama.

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