por el cual se efectúa un ajuste en el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2003
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales, en especial la que le confiere el artículo 86 del Estatuto Orgánico del Presupuesto, compilado en el decreto 111 de 1996, y
CONSIDERANDO:
Que el Gobierno Nacional mediante los Decretos 1290, 1291, 1292, y 1293 del 21 de mayo de 2003, ordenó la supresión y liquidación del Fondo de Cofinanciación para la Inversión Rural, DRI, del Instituto Nacional de Adecuación de Tierras, INAT, del Instituto Colombiano de la Reforma Agraria, INCORA, y del Instituto Nacional de Pesca y Acuicultura, INPA, respectivamente;
Que el Gobierno Nacional, con base en las facultades otorgadas en el literal f) del artículo 16 de la Ley 790 de 2002 creó, mediante el Decreto 1300 del 21 de mayo de 2003, el Instituto Colombiano de Desarrollo Rural, INCODER, asignándole, entre otras, las funciones de ejecutar la política agropecuaria y de desarrollo rural, facilitar el acceso a los factores productivos, fortalecer a las entidades territoriales y sus comunidades y propiciar la articulación de las acciones institucionales en el medio rural, bajo los principios de competitividad, equidad, sostenibilidad, multifuncionalidad y descentralización, para contribuir a mejorar la calidad de vida de los pobladores rurales y el desarrollo socioeconómico del país, que estaban a cargo del Fondo de Cofinanciación para la Inversión Rural, DRI, el Instituto Nacional de Adecuación de Tierras, INAT, el Instituto Colombiano de la Reforma Agraria, INCORA, y el instituto nacional de pesca y acuicultura, INPA;
Que mediante la Ley 780 de diciembre 18 de 2002, se decretó el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal del 1º de enero al 31 de diciembre de 2003, y mediante el Decreto 3200 del 27 de diciembre de 2002 se liquidó el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2003, se detallaron las apropiaciones y se clasificaron y definieron los gastos;
Que el artículo 352 de la Constitución Política le otorga a la Ley Orgánica del presupuesto la facultad de regular lo concerniente a la programación, aprobación, modificación y ejecución del Presupuesto General de la Nación;
Que de conformidad con el artículo 86 del Estatuto Orgánico del Presupuesto General de la Nación, cuando se fusionen órganos o se trasladen funciones de uno a otro, el Gobierno Nacional, mediante Decreto, hará los ajustes correspondientes en el presupuesto para dejar en cabeza de los nuevos órganos o de los que asumieron las funciones, las apropiaciones correspondientes para cumplir con sus objetivos, sin que puedan aumentar las partidas globales por funcionamiento, inversión y servicio de la deuda, aprobadas por el Congreso de la República;
Que la Coordinadora de Presupuesto del Instituto Colombiano de la Reforma Agraria, INCORA en liquidación, expidió el Certificado de Disponibilidad Presupuestal número 001 del 22 de mayo de 2003, la Coordinadora Financiera del Instituto Nacional de Adecuación de Tierras, INAT en liquidación, expidió el Certificado de Disponibilidad Presupuestal número 001 del 22 de mayo de 2003, el Coordinador de Presupuesto del Fondo de Cofinanciación para la Inversión Rural, DRI en Liquidación, expidió el Certificado de Disponibilidad Presupuestal número 001 del 22 de mayo de 2003 y el profesional del grupo de presupuesto del Instituto Nacional de pesca y Acuicultura, INPA en liquidación, expidió el certificado de disponibilidad presupuestal número 001 del 22 de mayo de 2003, mediante los cuales certifican que en el presupuesto de dichas entidades existen saldos disponibles y libres de afectación presupuestal;
Que para el cumplimiento de los objetivos del Instituto Colombiano de Desarrollo Rural, INCODER, la entidad a la cual le fueron trasladadas las funciones que venían cumpliendo el Instituto Colombiano de la Reforma Agraria, INCORA, el Instituto Nacional de Adecuación de Tierras, INAT, el Fondo de Cofinanciación para la Inversión Rural, DRI y el Instituto Nacional de Pesca y Acuicultura, INPA, es necesario hacer los ajustes correspondientes en el Presupuesto General de la Nación, en los presupuestos del Instituto Colombiano de la Reforma Agraria, INCORA en liquidación, el Instituto Nacional de Adecuación de Tierras, INAT en liquidación, el Fondo de Cofinanciación para la Inversión Rural, DRI en liquidación, el Instituto Nacional de Pesca y Acuicultura, INPA en liquidación y el Instituto Colombiano de Desarrollo Rural, Inconder,
DECRETA:
Artículo 1º. Contracredítense los presupuestos de ingresos y recursos de capital del Instituto Colombiano de la Reforma Agraria, INCORA en liquidación, unidad ejecutora 1703-01, del Instituto Nacional de Adecuación de Tierras, INAT en liquidación, y del Instituto Nacional de Pesca y Acuicultura, INPA en liquidación, en la suma de ocho mil seiscientos cuarenta y un millones ciento treinta mil trescientos sesenta y seis pesos ($8.641.130.366) para la vigencia fiscal de 2003 por los conceptos y las cuantías que a continuación se relacionan:
| CONTRACREDITOS | CONTRACREDITOS | CONTRACREDITOS | CONTRACREDITOS |
|---|---|---|---|
| Sección 1703 | Sección 1703 | Sección 1703 | Sección 1703 |
| INSTITUTO COLOMBIANO DE LA REFORMA AGRARIA, INCORA EN LIQUIDACION | INSTITUTO COLOMBIANO DE LA REFORMA AGRARIA, INCORA EN LIQUIDACION | INSTITUTO COLOMBIANO DE LA REFORMA AGRARIA, INCORA EN LIQUIDACION | INSTITUTO COLOMBIANO DE LA REFORMA AGRARIA, INCORA EN LIQUIDACION |
| Unidad 1703-01 | Unidad 1703-01 | Unidad 1703-01 | Unidad 1703-01 |
| Gestión general | Gestión general | Gestión general | Gestión general |
| 3000 | I - | INGRESOS DE LOS ESTABLECIMENTOS PÚBLICOS | 5.177.693.510 |
| 3100 | A- | INGRESOS CORRIENTES | 11.000.000 |
| 3120 | NO TRIBUTARIOS | 11.000.000 | |
| 3121 | VENTA DE BIENES Y SERVICIOS | 11.000.000 | |
| 3200 | B - | RECURSOS DE CAPITAL | 5.166.693.510 |
| 3230 | RENDIMIENTOS FINANCIEROS | 1.785.600.00 | |
| 3250 | RECURSOS DEL BALANCE | 3.381.093.510 | |
| 3254 | RECUPERACION DE CARTERA | 3.381.093.510 | |
| Sección 1705 | Sección 1705 | Sección 1705 | Sección 1705 |
| INSTITUTO NACIONAL DE ADECUACION DE TIERRAS, INAT EN LIQUIDACION | INSTITUTO NACIONAL DE ADECUACION DE TIERRAS, INAT EN LIQUIDACION | INSTITUTO NACIONAL DE ADECUACION DE TIERRAS, INAT EN LIQUIDACION | INSTITUTO NACIONAL DE ADECUACION DE TIERRAS, INAT EN LIQUIDACION |
| 3000 | I - | INGRESOS DE LOS ESTABLECIMENTOS PUBLICOS | 1.214.709.200 |
| 3100 | A- | INGRESOS CORRIENTES | 917.609.200 |
| 3120 | NO TRIBUTARIOS | 917.609.200 | |
| 3121 | VENTA DE BIENES V SERVICIOS | 8.258.482 | |
| 3126 | APORTES OTRAS ENTIDADES | 874.481.568 | |
| 3128 | OTROS INGRESOS | 34.869.150 | |
| 3200 | B - | ECURSOS DE CAPITAL | 297.100.000 |
| 3250 | RECURSOS DEL BALANCE | 297.100.000 | |
| 3251 | VENTA DE ACTIVOS | 50.000.000 | |
| 3254 | RECUPERACION DE CARTERA | 247.100.000 | |
| Sección 1712 | Sección 1712 | Sección 1712 | Sección 1712 |
| INSTITUTO NACIONAL DE PESCA Y ACUICULTURA, INPA EN LIQUIDACION | INSTITUTO NACIONAL DE PESCA Y ACUICULTURA, INPA EN LIQUIDACION | INSTITUTO NACIONAL DE PESCA Y ACUICULTURA, INPA EN LIQUIDACION | INSTITUTO NACIONAL DE PESCA Y ACUICULTURA, INPA EN LIQUIDACION |
| 3000 | I - | INGRESOS DE LOS ESTABLECIMENTOS PUBLICOS | 2.248.727.656 |
| 3100 | A- | INGRESOS CORRIENTES | 1.963.967.458 |
| 3120 | NO TRIBUTARIOS | 1.963.967.458 | |
| 3121 | VENTA DE BIENES Y SERVICIOS | 30.000.000 | |
| 3128 | OTROS INGRESOS | 1.933.967.458 | |
| 3200 | B - | RECURSOS DE CAPITAL | 284.760.198 |
| 3230 | RENDIMIENTOS FINANCIEROS | 256.284.178 | |
| 3250 | RECURSOS DEL BALANCE | 28.476.020 | |
| 3251 | VENTA DE ACTIVOS | 28.476.020 |
Artículo 2º. Con base en los recursos de que trata el artículo anterior, acredítese el presupuesto de ingresos del Instituto Colombiano de Desarrollo Rural, INCODER, sección 1713, para la vigencia fiscal 2003, en la suma de ocho mil seiscientos cuarenta y un millones ciento treinta mil trescientos sesenta y seis pesos ($8.641.130.366), por los conceptos y las cuantías que a continuación se relacionan:
| CREDITOS | CREDITOS | CREDITOS | CREDITOS |
|---|---|---|---|
| Sección 1713 | Sección 1713 | Sección 1713 | Sección 1713 |
| INSTITUTO COLOMBIANO DE DESARROLLO RURAL, INCODER | INSTITUTO COLOMBIANO DE DESARROLLO RURAL, INCODER | INSTITUTO COLOMBIANO DE DESARROLLO RURAL, INCODER | INSTITUTO COLOMBIANO DE DESARROLLO RURAL, INCODER |
| 3000 | I - | INGRESOS DE LOS ESTABLECIMENTOS PUBLICOS | 8.641.130.366 |
| 3100 | A- | INGRESOS CORRIENTES | 2.892.576.658 |
| 3120 | NO TRIBUTARIOS | 2.892.576.658 | |
| 3121 | VENTA DE BIENES Y SERVICIOS | 49.258.482 | |
| 3126 | APORTES DE OTRAS ENTIDADES | 874.481.568 | |
| 3128 | OTROS INGRESOS | 1.968.836.608 | |
| 3200 | B- | RECURSOS DE CAPITAL | 5.748.553.708 |
| 3230 | RENDIMIENTOS FINANCIEROS | 2.041.884.178 | |
| 3250 | RECURSOS DEL BALANCE | 3.706.669.530 | |
| 3251 | VENTA DE ACTIVOS | 78.476.020 | |
| 3254 | RECUPERACION DE CARTERA | 3.628.193.510 |
Artículo 3º. Contracredítense los saldos no comprometidos en el presupuesto de gastos del Instituto Colombiano de la Reforma Agraria, INCORA en liquidación, del Instituto Nacional de Adecuación de Tierras, INAT en liquidación, del Fondo de Cofinanciación para la Inversión Rural, DRI en liquidación y del Instituto Nacional de Pesca y Acuicultura, INPA en liquidación, en la suma de ochenta y cinco mil quinientos doce millones setecientos ochenta y cinco mil ciento cuarenta y seis pesos ($85.512.785.146) para la vigencia fiscal de 2003 en los rubros y cuantías que a continuación se relacionan:
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