Por el cual se distribuye la partida global apropiada en el Capítulo 294, articulo 3061 del Presupuesto Nacional de Gastos de la actual vigencia

Rango Decreto
Publicación 1959-06-03
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE SALUD
Fuente SUIN-Juriscol
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del Presupuesto Nacional de Gastos de la actual vigencia.

El Presidente de la República de Colombia,

DECRETA:

Artículo primero. De la partida global apropiada en el Capítulo 294, artículo 3061 del Presupuesto Nacional de Gastos de la actual vigencia, "para atender al desarrollo de las actividades del Plan Piloto en los Departamentos de Norte de Santander, Boyacá, Nariño, Cundinamarca y Valle, especialmente lo relacionado a saneamiento ambiental, según distribución que se hará de acuerdo con las necesidades, en el año",

Capítulo 294 - Artículo 3061.

Clave Económica 504.

Ordinal 1° Para entregar a la Dirección Departamental de Salud Pública de Nariño, con destino al desarrollo del Plan Piloto, de acuerdo con programas que para el efecto dará la Oficina de Planeamiento del Ministerio de Salud Pública, $130.000.00

Ordinal 2° Para entregar a la Secretaría de Salud Pública de Cundinamarca, con destino al desarrollo del Plan Piloto, de acuerdo con programas que para el efecto dará la Oficina de Planeamiento del Ministerio de Salud Pública, $150.000.00.

Artículo segundo. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D, E., a 9 de mayo de 1959.

ALBERTO LLERAS.

Ministro de Hacienda y Crédito Público.

Hernando Agudelo Villa.

Ministro de Salud Pública.

José Antonio Jácome Valderrama,

Ministro de Salud Pública.

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