Por el cual se aprueba la Resolución número CD-0756 de marzo 11 de 1981 del Consejo Directivo de la Corporación Autónoma Regional del Cauca - CVC -

Rango Decreto
Publicación 1981-06-23
Estado Vigente
Departamento DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE PLANEACION Y SERVICIOS TECNICOS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades constitucionales y legales y en especial de las previstas en el artículo 25, literal A, numeral 6º del--Decreto 737 de 1971, y

CONSIDERANDO:

Que el Consejo Directivo de la Corporación Autónoma Regional del Cauca, CVC, ha expedido la Resolución número CD-0756 de marzo 11 de 1981, por medio de la cual autoriza, a la Corporación Autónoma Regional del Cauca, CVC, para participar en calidad de socia en la Compañía Central de Carga, Sociedad Anónima, sociedad de economía mixta del orden nacional, cuyo objeto principal es la planeación, construcción; financiación, dirección y asesoramiento de centrales o terminales de transporte de pasajeros o de carga;

Que según lo previsto en el artículo 25, literal A, numeral 60, del Decreto 737 de 1971, las resoluciones del Consejo Directivo de la Corporación Autónoma Regional del Cauca que determinen la participación de la Corporación en sociedades o compañías requieren para su validez la aprobación del Gobierno Nacional.

DECRETA:

Artículo primero. Apruébase la Resolución número CD-0756 de marzo 11 de 1981, expedida por la Corporación Autónoma Regional del Cauca, cuyo texto es el siguiente:

RESOLUCION NUMERO CD-0756 DE 1981

(marzo 11)

por la cual se autoriza a la Corporación Autónoma Regional del Cauca -CVC- para participar en calidad de socia en una sociedad anónima.

El Consejo Directivo de la Corporación Autónoma Regional del Cauca -CVC-, en use, de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO:

Que por Escritura pública número 2099 de fecha 5 de Julio de 1979 otorgada en la Notaría Cuarta del Círculo de Cali, el Municipio de Cali; el Centro de Diagnóstico Automotor del Valle Limitada; Centrales de Transportes S. A.; el Departamente del Valle del Cauca y el Instituto Nacional de Transporte Intra, constituyeron una Sociedad de Responsabilidad Limitada del Orden Nacional, de Economía Mixta, de creación indirecta cuyo objetivo principal, es la planeación, construcción, financiación, dirección y asesoramiento de centrales de terminales de transporte de pasajeros o de carga, la cual habrá de transformase en una Sociedad Anónima con la denominación de Campañía Central de Carga S. A.

Que este objetivo es benéfico para la colectividad;

Que la Corporación Autónoma Regional del Cauca -CVC-, tal como lo prevén sus estatutos, objetivos y funciones, está vinculada al Desarrollo Económico y Social de quienes habitan los territorios comprendidos dentro de su jurisdicción en procura de elevar su nivel de vida a la promoción y participación en sociedades o establecimientos destinados a prestar servicios públicos y el fomento de la economía en general;'

Por lo antes expresado, la Corporación debe participar como socio en la entidad que para los efectos ya mencionados se va a transformar en sociedad anónima,

RESUELVE:

Artículo primero. Autorizar a la Corporación Autónoma Regional del Cauca -CVC- para, participar en calidad de socia de la Compañía, Central de Carga S. A., perteneciente al orden nacional, de creación indirecta y cuyo objeto principal es la planeación, construcción, financiación, dirección y asesoramiento de centrales o terminales de transporte de pasajeros o de carga.
Artículo segundo. Autorizar un aporte de la -CVC- a la Compañía Central deCarga. S. A., por la suma de un millón de pesos ($ 1.000.000.00) moneda legal.
Artículo tercero. Autorizar al Director Ejecutivo de la Corporación Autónoma del Cauca -CVC- para suscribir en nombre de la misma, los documentos que sean necesarios para los efectos autorizados en la presente Resolución y para ejecutar todos los actos que le Sean complementarios o conexos.
Artículo cuarto. Esta Resolución requiere para su validez de la aprobación del Gobierno Nacional, de acuerdo con el numeral 6), literal a) del artículo 25 del Decreto 737 de 1971, (abril 30), aprobatorio de los estatutos generales de la Corporación.

Dada en Cali, a los once (11) días del mes de marzo de mil novecientos ochenta y uno (1981).

Carlos Orozco Varela, Presidente.

Rosario Moreno Oliver, Secretaria.

Artículo segundo. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 25 de mayo de 1981.

JULIO CESAR TURBAY AYALA

El Jefe del Departamento Nacional de Planeación,

Federico Nieto Tafur.

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