Por el cual se establecen algunas formalidades para la obtención de permisos sobre explotación de bosques

Rango Decreto
Publicación 1891-05-25
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

CONSIDERANDO:

DECRETA:

Artículo 1.° La solicitud de que trata el ordinal 1° del artículo 1.° del Decreto supracitado ira acompañada de los siguientes documentos :
Articulo 2 ° Recibidos los documentos en la Secretaría de Hacienda, te ordenará al Alcalde del Distrito en que excite por medio de dos ó más edictos á todos los que se crean perjudicados para que hagan valer sus derechos ante la mencionada Secretaría de Hacienda.
Artículo 3.° El permiso no se concederá sino después de examinadas y calificadas las pruebas que presenten los reclamantes, y para el efecto, los edictos permanecerán fijados durante el término improrrogable de treinta días.

Publíquese y sométase á la censura del Ministerio de Hacienda.

Cartagena, Abril 16 do 1891,

Enrique l. Román.

El Secretario da Hacienda,

Eduardo G. de Piñeres.

El Secretario de Hacienda,

Eduardo O. de Piñeres.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.