Por el cual se crean unos cargos en el ramo de Edificios Nacionales

Rango Decreto
Publicación 1946-01-22
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO

Que las Leyes 25 de 1937, 28 de 1936 y 95 de 1940, ordenan la construcción de edificios para el Hospital de Puerto Berrío, el Hospital y el Colegio Loperena de Valledupar, respectivamente;

Que la Ley 53 de 1935 ordena la construcción de edificios para Cuarteles, entre los cuales se hallan los Cuarteles de Buga, y,

Que para la correcta ejecución de las obras mencionadas se hace necesaria la creación de los cargos de Pagadores Contadores en las mismas,

DECRETA:

Artículo único. Créanse los cargos de Pagadores Contadores en las obras del Hospital de Puerto Berrío, el Hospital y el Colegio Loperena de Valledupar, y los Cuarteles de Buga, con la asignación fijada para esta clase de empleos por el Decreto número 2556 de 1945.

Comuníquese y publíquese.

Dado, en Bogotá, a 16 de enero de 1946.

ALBERTO LLERAS

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Francisco de P. PEREZ

El Ministro de Obras Públicas,

Alvaro DIAZ S.

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