Por el cual se aprueba, con una modificación, el marcado con el número 15 (febrero 29 de 1916), del señor Intendente Nacional del Chocó, sobre presupuesto de rentas y gastos de la Intendencia

Rango Decreto
Publicación 1916-11-15
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones

y visto el Decreto número 15 del presente año, dictado por el señor Intendente Nacional del Chocó, que dice:

"Decreto

número 15 de 1916 (febrero 29), sobre presupuesto de rentas y gastos de la Intendencia Nacional del Chocó para el año en curso.

"El Intendente Nacional del Chocó, en uso de sus facultades legales, y de acuerdo con el ordinal 5.° del artículo 11 del Decreto número 1181 de 1915, orgánico de la Intendencia, y artículo 3.° de la Ley 62 de 1915,

decreta:

"PARTE PRIMERA "PARTE PRIMERA "PARTE PRIMERA "PARTE PRIMERA
"Artículo l.° Compútase en la cantidad de $ 96,750 el producto de las rentas del Tesoro de la Intendencia del Chocó, durante la vigencia económica de 1916, de acuerdo con el siguiente pormenor: "Artículo l.° Compútase en la cantidad de $ 96,750 el producto de las rentas del Tesoro de la Intendencia del Chocó, durante la vigencia económica de 1916, de acuerdo con el siguiente pormenor: "Artículo l.° Compútase en la cantidad de $ 96,750 el producto de las rentas del Tesoro de la Intendencia del Chocó, durante la vigencia económica de 1916, de acuerdo con el siguiente pormenor: "Artículo l.° Compútase en la cantidad de $ 96,750 el producto de las rentas del Tesoro de la Intendencia del Chocó, durante la vigencia económica de 1916, de acuerdo con el siguiente pormenor:
"Renta de licores $ 48,000
"Renta de degüello de ganado mayor 1,000
"Renta de tabaco, a $ 0-16 kilo 19,200
"Registro y anotación 600
"Impuestos varios 100
"Bienes de la Intendencia 700
"Auxilio Nacional de la instrucción pública 14,000
"Para dar cumplimiento a la Ley 62 de 1915 13,150
"Suman las rentas $ 96,750
"PARTE SEGUNDA "PARTE SEGUNDA "PARTE SEGUNDA "PARTE SEGUNDA
"Artículo 2.° Abrense a la cuenta general de la Intendencia los siguientes créditos contra el Tesoro, de la misma, por gastos comunes del año económico de 1916, créditos que se computan en la suma de $ 91,707, según el siguiente detalle: "Artículo 2.° Abrense a la cuenta general de la Intendencia los siguientes créditos contra el Tesoro, de la misma, por gastos comunes del año económico de 1916, créditos que se computan en la suma de $ 91,707, según el siguiente detalle: "Artículo 2.° Abrense a la cuenta general de la Intendencia los siguientes créditos contra el Tesoro, de la misma, por gastos comunes del año económico de 1916, créditos que se computan en la suma de $ 91,707, según el siguiente detalle: "Artículo 2.° Abrense a la cuenta general de la Intendencia los siguientes créditos contra el Tesoro, de la misma, por gastos comunes del año económico de 1916, créditos que se computan en la suma de $ 91,707, según el siguiente detalle:
"Departamento de Gobierno $ 25,898
"Departamento de Policía 4,868
"Departamento de Hacienda 7,388
"Departamento de Obras Públicas 15,454
"Departamento de Instrucción Pública 34,642
"Departamento de Beneficencia 1,300
"Departamento de Gastos varios 2,157
"Suman los gastos $ 91,707
"PARTE TERCERA "PARTE TERCERA "PARTE TERCERA "PARTE TERCERA
"Liquidación Servicio de 1916. "Liquidación Servicio de 1916. "Liquidación Servicio de 1916. "Liquidación Servicio de 1916.
''Departamento de Gobierno. ''Departamento de Gobierno. ''Departamento de Gobierno. ''Departamento de Gobierno.
"Capitulo l.° Intendencia:
"Artículo 1.° (personal). Sueldo del Intendente Nacional, en doce meses, a $ 216 $ 2,592
"Sueldo del Secretario General, en doce meses, a $ 120 1,440
"Sueldo de dos Jefes de Sección, Gobierno y Hacienda, en doce meses a $ 80 cada uno 1,920
"Sueldo de dos Subjefes de Sección, en doce meses, a $ 45 cada uno 1,080
"Sueldo del Archivero, en doce meses, a $ 35 420
"Sueldo del Portero, en doce meses, a $ 20 240
"Artículo 2.° (material). Gastos de escritorio de la Intendencia, en doce meses, a $ 20 240
"Viáticos del Intendente, a $ 0-40 legua, por una sola vez, en el año 300
"Para reparación y mejoras en la Casa de Gobierno 150
"Capitulo 2.°-Prefecturas:
"Artículo 3.° (personal). Sueldo de los Prefectos de Atrato y San Juan, en doce meses, a $ 75 cada uno 1,800
"Sueldo del Prefecto de Acandí, en diez meses, a $ 90 900
"Sueldos de los Secretarios de los Prefectos de Atrato y San Juan, en doce meses, a $ 40 cada uno 960
"Sueldo del Secretario del Prefecto de Acandi, en diez meses, a $ 50 500
"Sueldos de los Porteros de las Prefecturas de Atrato y San Juan, en doce meses, a $ 15 cada uno 360
"Sueldo del Portero de la Prefectura de Acandí, en diez meses, a $ 15 150
"Artículo 4.° (material). Gastos de escritorio de las Prefecturas de Atrato y San Juan, en doce meses, a $ 4 cada una 96
"Gastos de escritorio de la Prefectura de Acandí, en diez meses, a $ 4 40
"Alquiler de local de la Prefectura de San Juan, en doce meses, a $ 10 120
Pasan $ 13,308
Vienen $ 13,308
"Alquiler de local de la Prefectura de Acandí, en diez meses, a $ 8 80
"Viáticos de los Prefectos Provinciales, por una vez, en el año, a $ 100 cada uno 300
"Capitulo 3.° Alcaldías y Corregidurías :
"Artículo 5.° Sueldo del Alcalde Municipal de El Litoral, en doce meses, a $ 65 780
"Sueldos de los Alcaldes de Quibdó e Istmina, en doce meses, a $ 35 cada uno 840
"Sueldo del Alcalde de Acandí, en doce meses, a $ 40 480
"Sueldo del Alcalde de Baudó, en doce meses, a $ 35 420
"Sueldos de los Alcaldes de Neguá, Nóvita, Riosucio y Sipi, en doce meses, a $ 30 cada uno 1,440
"Sueldos de los Alcaldes de Bagadó, El Carmen, Tadó y Condoto, en doce meses, a $ 25 cada uno 1,200
"Sueldo del Alcalde de Juradó, en once meses, a $ 50 550
"Sueldos de los Secretarios de los Alcaldes de El Litoral y Acandi, en doce meses, a $ 30 cada uno 720
"Sueldo del Secretario del Alcalde de Juradó, en once meses, a $ 30 330
"Sueldo del Secretario del Alcalde de Sipí, en doce meses, a $ 20 240
"Sueldos de los Secretarios de los Alcaldes de Quibdó, Istmina, Bagadó, Neguá, Riosucio, El Carmen, Nóvita, Condoto, Tadó y Baudó, en doce meses, a $ 12 cada uno 1,440
"Sueldos de los Corregidores de Togoronia, Andagoya y Opogodó, en doce meses, a $ 20 cada, uno 720
"Sueldo del Corregidor de Certeguí, en doce meses, a $ 15 180
"Sueldos de los Secretarios de los Corregimientos de Togoronía, Andagoya, Opogodó y Certeguí, en doce meses, a $ 10 cada uno 480
"Sueldo del Corregidor de El Valle, en doce meses, a $ 30 360
"Sueldo del Secretario del Corregidor de E1 Valle, en doce meses, a $ 15 180
"Capitulo 4.° Correos:
"Artículo 6." Honorarios del correo quincenal entre Pizarro e Istmina, a $ 14 mensuales 168
"Honorarios del correo mensual entre Quibdó y El Litoral, a $ 16 192
"Para expresos, en casos urgentes 60
"Capítulo 5.° Imprenta Oficial:
"Artículo 7.° (personal). Sueldo de un Cajista Jefe de la Imprenta, en doce meses, a $ 45 540
"Sueldo de un segundo Cajista, en doce meses, a $ 30 360
"Sueldo de un tercer Cajista, en doce meses, a $ 15 180
"Artículo 8.° (material). Para papel, tinta, tipos, etc 250
"Para pagos de trabajos por contratos 100
Suma este Departamento $ 25,898 25,898
Pasan $ 25,898
Vienen $ 25,898
"Departamento de Policía. "Departamento de Policía. "Departamento de Policía. "Departamento de Policía.
"Capítulo 6.°-Cárceles de Circuito:
"Artículo 9.° (personal). Sueldos de los Aleaides de las Cárceles de Quibdó, Istmina y Nóvita, en doce meses, a $ 25 cada uno $ 900
"Artículo 10 (material). Gastos de escritorio y alumbrado para las Cárceles mencionadas, en doce meses, a $ 4 cada una. 114
"Alquiler de local para la Cárcel de Quibdó, en doce meses, a $ 20 240
"Alquiler de local para la Cárcel de Istmina, en doce meses, a $ 30 360
"Alquiler de local para la Cárcel de Nóvita, en doce meses, a $ 12 144
"Raciones para presos y detenidos 2,000
"Conducción de reos 300
"Capítulo 7.° Juzgados de Circuito:
"Artículo 11 (material). Alquiler de local para los Juzgados de Circuito, ramos Civil y Criminal, de Istmina, en doce meses, a $ 10 cada uno 240
"Alquiler de local para el Juzgado de Circuito, ramo Civil, de Quibdó, en doce meses, a $ 10 120
"Alquiler de local para el Juzgado de Circuito de Nóvita, en doce meses, a $ 6 72
"Para completar mobiliario de los Juzgados dichos 60
"Gastos de escritorio para los Juzgados Civiles de Quibdó, Istmina y Nóvita, en doce meses, a $ 4 144
"Gastos de escritorio para los Juzgados, ramo Criminal, de Quibdó e Istmina, en doce meses, a $ 6 cada uno 144
"Suma este Departamento $ 4,868 4,868
"Departamento de Hacienda. "Departamento de Hacienda. "Departamento de Hacienda. "Departamento de Hacienda.
"Capítulo 8.°-Administraciones de Hacienda y Recaudaciones: "Capítulo 8.°-Administraciones de Hacienda y Recaudaciones: "Capítulo 8.°-Administraciones de Hacienda y Recaudaciones: "Capítulo 8.°-Administraciones de Hacienda y Recaudaciones:
"Artículo 12 (personal). Sueldo del Administrador General del Tesoro de la Intendencia, en once meses, a $ 80 $ 880
"Sueldo del Secretario Contador, en once meses, a $ 40 440
"Sueldo del Administrador Provincial de Hacienda de Istmina, en doce meses, a $ 50 600
"Sueldo del Agente Ayudante del mismo, en doce meses, a $ 25 300
"Sueldo del Celador de la renta de tabaco de El Carmen, en doce meses, a $ 6 72
"Sueldos eventuales de los Recaudadores de dicha renta, hasta 400
"Artículo 13 (material). Gastos de escritorio de la Administración General del Tesoro de la Intendencia, en once meses, a $ 6 66
"Alquiler de local para la misma oficina, en once meses, a $ 8 88
"Gastos de mobiliario de la misma 100
"Arrendamiento de bodega para depósito de tabaco, y un local para la Administración Provincial, en doce meses, a $ 9 108
Pasan $ 3,054 30,766
Vienen $ 3,054 30,766
"Gastos de escritorio de la misma oficina, en doce meses, a $ 4 48
"Capítulo 9.° Contaduría General de la Intendencia:
"Artículo 14 (personal). Sueldo del Contador General de la Intendencia, en doce meses, a $ 48 576
"Sueldo del Secretario del mismo, en doce meses, a $ 30 360
"Artículo 15 (material). Gastos de escritorio de la misma oficina, en doce meses, a $ 4 48
"Capítulo 10 Auxilios:
"Artículo 16. Para pagar a los Municipios su participación en las rentas de licores 3,302
"Suma este Departamento $ 7,388 7,388
"Departamento de Obras Públicas. "Departamento de Obras Públicas. "Departamento de Obras Públicas. "Departamento de Obras Públicas.
"Capítulo 11 Ingeniería de la Intendencia:
"Artículo 17 (personal). Sueldo del Ingeniero de la Intendencia, en doce meses, a $ 75 $ 900
"Artículo 18 (material). Gastos de escritorio de la misma oficina, en doce meses, a $ 2 24
"Artículo 19. Para composición de calles de Quibdó 500
"Para la construcción de un puente en Istmina 500
"Para obras públicas en Tadó 200
"Para obras públicas en Condoto 100
"Para reparación de Cárceles 80
"Para dar principio al trazado del camino de Atrato a Cupica (Ley 62 de 1915) 200
"Para continuar los trabajos del camino de Quibdó a Bolívar (Ley 62 de 1915) 1,000
"Para dar principio al trazado del camino de Yaraguay a Turbo (Ley 62 de 1915) 500
"Para dar principio al trazado del camino de Yucuray a Ríosucio (Ley 62 de 1915) 500
"Para dar principio a la apertura del camino de Tadó a Pueblorrico (Ley 62 de 1915) 6,000
"Para dar principio al camino carretero de Quibdó a Istmina (Ley 62 de 1915) 3,300
"Para dar principio a la apertura del camino de Nóvita a Cartago (Ley 62 de 1915) 1,650
"Suma este Departamento $ 15,454 15,454
"Departamento de Instrucción Pública. "Departamento de Instrucción Pública. "Departamento de Instrucción Pública. "Departamento de Instrucción Pública.
"Capítulo 12 Colegio, Inspección Escolar y Escuelas:
"Artículo 20. Sueldo del Rector del Colegio Carrasquilla, en doce meses,, a $ 95 $ 1,140
"Sueldo del Vicerrector, en doce meses, a $ 70 840
"Sueldos de ocho Profesores en doce meses, a $ 10 cada uno 960
"Alquiler del local para el Colegio, en doce meses, a $ 35 420
"Sueldo del Inspector de Instrucción Pública de la Provincia de San Juan, en doce meses, a $ 80 960
"Sueldo del Inspector de Instrucción Pública de la Provincia de Acandí, en diez meses, a $ 80 800
Pasan $ 5,120 53,608
Vienen $ 5,120 53,608
"Gastos de viáticos del Inspector de Instrucción Pública de San Juan, en el año 120
"Gastos de viáticos del Inspector de Instrucción Pública de Acandí, en el año 100
"Gastos de escritorio de la Inspección de Instrucción Pública de la Provincia de Acandí, en diez meses, a $ 4 40
"Alquiler del local para la misma oficina, en diez meses, a $ 5 50
"Viáticos del Visitador Escolar de Instrucción Pública, en el año 100
"Sueldo del Portero del Colegio, en doce meses, a $ 10 120
"Gastos de escritorio del Colegio, en doce meses, a $ 5 60
"Muebles para el mismo 60
"Sueldo del Director de la Escuela de Varones de Quibdó, en doce meses, a $ 60 720
"Sueldo del Subdirector de la misma Escuela, en doce meses, a $ 50 600
"Sueldo del Director de la Escuela Nocturna de Quibdó, en once meses, a $ 20 220
"Alumbrado de la misma, en once meses, a $ 5 55
"Sueldo del Director de las Escuelas de varones y Nocturna de Istmina, en doce meses la primera y once la segunda, a $ 55 y $ 20. respectivamente 880
"Sueldo del Subdirector de la Escuela de varones de Istmina, en doce meses, a $ 50 600
"Sueldo de la Directora de la Escuela de niñas de Quibdó, en doce meses, a $ 60 720
"Sueldo de la Subdirectora de la misma Escuela, en doce meses, a $ 50 600
"Sueldo de la segunda Subdirectora, en doce meses, a $ 30 360
"Sueldo de la Directora de la Escuela de niñas de Istmina, en doce meses, a $ 55 660
"Sueldo de la Subdirectora de la misma Escuela, en doce meses, a $ 50 600
"Alumbrado de la Escuela Nocturna de Istmina, en once meses, a $ 5 55
"Sueldo del Director de la Escuela de varones y Nocturna de Tadó, en doce meses la primera y once la segunda, a $ 35 y $ 20, respectivamente 640
"Alumbrado para la Escuela Nocturna de Tadó, en once meses, a $ 5 55
"Sueldo dé la Directora de la Escuela de niñas de Tadó, en doce meses, a $ 30 360
"Sueldo del Director de las Escuelas de varones y Nocturna de Condoto, en doce meses la primera y once la segunda, a $ 40 y $ 20, respectivamente 7000
"Alumbrado para la Escuela Nocturna de Condoto, en once meses, a $ 5 55
"Sueldo de la Directora de la Escuela de niñas de Condoto, en doce meses, a $ 30 360
"Sueldo del Director de la Escuela de varones de Nóvita, en doce meses, a $ 40 480
"Sueldo de la Directora de la Escuela de niñas de Nóvita, en doce meses, a $ 30 360
Pasan $ 14,850 53,608
Vienen $ 14,850 53,608
"Sueldo del Director de la Escuela de varones de Sipí, en doce meses, a $ 40 480
"Sueldo del Director de la Escuela de varones de Pizarro, en doce meses, a $ 30 360
"Sueldo de la Directora de la Escuela de niñas de Pizarro, en doce meses, a $ 30 360
"Sueldo del Director de la Escuela de varones de Ríosucio, en doce meses, a $ 30 360
"Sueldo de la Directora de la Escuela de niñas de Ríosucio, en doce meses, a $ 30 360
"Sueldo del Director de la Escuela de varones de El Carmen, en doce meses, a $ 30 360
"Sueldo del Subdirector de la misma Escuela, en doce meses, a $ 30 360
"Sueldo de la Directora de la Escuela de niñas de El Carmen, en doce meses, a $ 30 360
"Sueldo de la Subdirectora de la misma Escuela, en doce meses, a $ 30 360
"Sueldo del Director de la Escuela de varones de Neguá, en doce meses, a $ 30 360
"Sueldo de la Directora de la Escuela de niñas de Neguá, en doce meses, a $ 30 360
"Sueldo del Director de la Escuela de niños de Bagadó, en doce meses, a $ 30 360
"Sueldo de la Directora de la Escuela de niñas de Bagadó, en doce meses, a $ 30 360
"Sueldo del Director de la Escuela de varones de Acandi, en doce meses, a $ 40 480
"Sueldo de la Directora de la Escuela de niñas de Acandi, en doce meses, a $ 40 480
"Sueldo del Director de la Escuela de varones de Nuquí, en doce meses, a $ 40 480
"Sueldo del Director de la Escuela de varones de Juradó, en doce meses, a $ 40 480
"Sueldo de la Directora de la Escuela de niñas de Juradó, en doce meses, a $ 30 360
"Sueldo del Director de la Escuela Rural de Lloró, en doce meses, a $ 25 300
"Sueldo de la Directora de la Escuela Rural de niñas de Lloró, en doce meses, a $ 25 300
"Sueldo del Director de la Escuela Rural de varones de El Valle. en doce meses, a $ 40 480
"Sueldo-del Director de la Escuela Rural de varones de Cupica, en doce meses, a $ 40 480
"Sueldo del Director de la Escuela Rural de varones de Yuto, en doce meses, a $ 25 300
"Sueldo del Director de la Escuela Rural de varones de Noanamá, en doce meses, a $ 25 300
"Sueldo del Director de la Escuela Rural de varones de Santa Bárbara, en doce meses, a $ 25 300
"Sueldo del Director de la Escuela Rural de varones de Opogodó. en doce meses, a $ 25 300
"Sueldo del Director de la Escuela Rural de varones de Certeguí, en doce meses, a $ 25 300
"Sueldo de la Directora de la Escuela Rural de niñas de Certeguí, en doce meses, a $ 25 300
Pasan $ 25,29 53,608
Vienen $ 25,29 53,608
"Sueldo del Director de la Escuela Rural de varones de Managrú, en doce meses, a $ 25 300
"Sueldo del Director de la Escuela Rural de varones de Cuchodó, en doce meses, á $ 25 300
"Sueldo del Director de la Escuela Rural de varones de Tutunendo, en doce meses, a $ 25 300
"Sueldo del Director de la Escuela Rural de varones de Tagachí, en doce meses, a $ 25 300
"Sueldo del Director de la Escuela Rural de varones de Beté, en diez meses, a $ 25 250
"Sueldo del Director de la Escuela Rural de varones de la Isla, en doce meses, a $ 30 360
"Sueldo de la Directora de la Escuela Alternada de Agua Clara, en diez meses, a $ 25 250
"Sueldo de la Directora de la Escuela Alternada de Togoronía, en doce meses, a $ 25 300
"Sueldo de la Directora de la Escuela Alternada, de Palestina, en doce meses, a $ 25 300
"Sueldo de la Directora de la Escuela Alternada de Carmelo, en doce meses, a $ 25 300
"Sueldo de la Directora de la Escuela Alternada de Paimado, en doce meses, a $ 25 300
"Sueldo de la Directora de la Escuela Alternada de Arboleda, en doce meses, a $ 25 300
"Sueldo de la Directora de la Escuela Alternada de Hábita, en doce meses, a $ 25 300
"Sueldo de la Directora de la Escuela Alternada de Atrato Arriba, en doce meses, a $ 25 300
"Sueldo de la Directora de la Escuela Alternada de La Mansa, en doce meses, a $ 25 300
"Sueldo de la Directora de la Escuela Alternada de Bebará, en doce meses, a $ 25 300
"Sueldo de la Directora de la Escuela Alternada de Ungía, en doce meses, a $ 40 480
"Sueldo de la Directora de la Escuela Alternada de La Troje, en diez meses, a $ 25 250
"Sueldo del Director de la Escuela Rural de varones de El Cajón, en diez meses, a $ 25 250
"Sueldo del Director de la Escuela de varones de Primavera, en doce meses, a $ 25 300
"Valor de siete becas en el Colegio de las Hermanas de la Presentación, para las alumnas de algunos Distritos a $ 16 cada una 1,344
"Para pensiones de estudiantes chocoanos, según Decreto número 1,908
"Gastos de escritorio del Inspector Provincial de Instrucción Pública de San Juan, en doce meses, a $ 5 60
--- --- --- ---
"Suma este Departamento $ 34,642 34,642
"Departamento de Beneficéncia. "Departamento de Beneficéncia. "Departamento de Beneficéncia. "Departamento de Beneficéncia.
"Capítulo 13 Auxilios.
"Artículo 21. Auxilio para la iglesia de San Francisco, de Quibdó $ 200
"Auxilio para el alumbrado público de la ciudad de Quibdó 1,000
"Auxilio para leprosos en Caño de Loro, Agua de Dios, etc. (chocoanos) 100
"Suma este Departamento $ 1,300 1,300
Pasan $ 89,550
Vienen $ 89,550
"Departamento de Gastos varios. "Departamento de Gastos varios. "Departamento de Gastos varios. "Departamento de Gastos varios.
"Capítulo 14 Gastos varios.
"Artículo 22. Sueldo del Director de la Banda de Música de la Intendencia, en once meses, a $ 80 $ 880
"Alquiler del local para la Banda de Música, en once meses, a $ 5 55
"Para instrumentos y muebles 250
"Para compra de lámparas para las Escuelas Nocturnas 50
"Para gastos de representación ante el Gobierno Nacional, encomendada al doctor Eduardo Carvajal (Resolución número 1.°, de 31 de enero de 1916) 400
"Viáticos del Comisario Oficial doctor Carvajal (Resolución número 1°, de 31 de enero de 1916) 200
"Para gastos imprevistos 250
"Para gastos de escritorio de las Oficinas de Registro, en doce meses, a $ 2 cada una 72
"Suma este Departamento $ 2,157 2,157
"Suman los gastos $ 91,707
"Presupuesto de rentas $ 96,75
"Presupuesto de gastos 91,707
"Superávit $ 5,043

"Artículo 3.° Para disponer de cualquier suma votada en este Presupuesto para gastos imprevistos es menester dictar resolución motivada que indique la necesidad del gasto, resolución que deberá someterse antes a la aprobación del señor Ministro de Gobierno.

"Artículo 4.° Con excepción de pagos de raciones de presos, no habrá prelación en el de otros.

"Artículo 5.° Señálase como fecha inicial para la vigencia del presente Decreto el 1.° de enero de 1916.

"Parágrafo. La liquidación del Presupuesto de rentas y gastos se ha hecho en uso de la atribución que al suscrito da el artículo 3.° de la Ley 62 de 1915.

"Comuníquese, consúltese al Gobierno Nacional y publíquese.

"Dado en, Quibdó a 29 de febrero de 1916.

"Rubén Sántacoloma E1 Secretario General, Jorge E. Díaz."

Decreta:

Artículo 1.° Apruébase el Decreto número 15 (29 de febrero) de 1916, dictado por el señor Intendente Nacional del Chocó, "sobre Presupuesto de rentas y gastos de la Intendencia para el año en curso," con la modificación de que queda suprimido el artículo 4.° de este Decreto.

Artículo 2.° Los sueldos asignados en este Decreto quedan sometidos a los descuentos ordenados por la Ley 87 del año próximo pasado.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 4 de agosto de 1916.

JOSE VICENTE CONCHAEl Ministro de Gobierno, Miguel ABADIA MENDEZ.

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