Por el cual se dictan unas disposiciones relativas a los pedidos de elementos de enseñanza que se hagan al Exterior

Rango Decreto
Publicación 1922-09-23
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 2
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y

considerando:

decreta:

Artículo 1º La Sección 3º del Ministerio de Instrucción Publica hará al Exterior los pedidos de material de enseñanza que sean necesarios, en la cantidad y de la calidad que determine el Ministro con el Jefe del Depósito de textos y útiles. De la nota de pedido pasará la Sección 3º una copia a la Sección 2º, para lo de su cargo, y enviará otra al Ministerio de Obras Públicas, para los efectos de los artículos 1 y 2 del Decreto número. 1466 de 1921. De modo análogo se procederá con los pedidos de los elementos que necesiten las entidades dependientes del Ministerio.

**<>

Artículo 3º La Sección 2ª del Ministerio queda encargada de gestionar todo lo relativo al transporte de la carga de que trata el presente Decreto.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a ,19 de septiembre de 1922.

PEDRO NEL OSPINA-El Ministro de Instrucción Pública, Alberto portocarrero,

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.

Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de SUIN-Juriscol, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público. SUIN-Juriscol
Textos normativos oficiales del Estado colombiano, reproducibles conforme al art. 41 de la Ley 23 de 1982, con la obligación de conformarse con la edición oficial. Los campos editoriales que acompañan a cada norma (vigencia, subtipo, sector, materia) y el historial de reformas provienen de la anotación de SUIN-Juriscol (Ministerio de Justicia y del Derecho); Legalize no reclama derechos sobre ellos, ni reproduce el formato, el diseño ni la marca del portal. La licencia MIT cubre el código del pipeline, nunca el contenido normativo.