Por el cual se hace una destinación de un bien nacional
El Designado, encargado de la Presidencia de la República de Colombia,
en uso de las facultades que le otorga el artículo 121 de la Constitución Nacional,
decreta:
Artículo 1°. Destínase con carácter gratuito para el uso exclusivo del Instituto Colombiano de Seguros Sociales, el lote de terreno de propiedad del Gobierno Nacional situado en la ciudad de Bogotá, en la transversal 17, números 25-23, 25-27, 25-39 y 25-51, junto con el edificio y demás anexidades.
Artículo 2°. Este Decreto regirá desde la fecha de su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 22 de mayo de 1953.
ROBERTO URDANETA ARBELAEZ
El Ministro de Gobierno, encargado,
Carlos Valderrama Ordóñez.
El Ministro de Relaciones Exteriores,
Juan Uribe Holguín.
El Ministro de Justicia,
José Gabriel de la Vega.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Antonio Alvarez Restrepo.
El Ministro de Guerra,
José María Bernal.
EL Ministro de Agricultura y Ganadería,
Camilo J. Cabal Cabal.
El Ministro del Trabajo,
Manuel Mosquera Garcés.
El Ministro de Salud Pública,
Alejandro Jiménez Arango,
El Ministro de Fomento,
Carlos Villaveces.
El Ministro de Minas y Petróleos,
Rodrigo Noguera Laborde.
El Ministro de Educación Nacional,
Lucio Pabón Núñez.
El Ministro de Comunicaciones,
Carlos Albornoz R.
El Ministro de Obras Públicas,
Jorge Leyva.
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