Por el cual se determina la planta de personal del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades constitucionales y legales y en especial de las que le confiere el numeral 21 del artículo 120 de la Constitución Nacional.
decreta:
Artículo primero. Suprímanse los cargos correspondientes a la planta de personal del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social establecida por los Decretos números 3174 de 1963 (diciembre 26); 1731 de 1963 (octubre 20); 1415 de 1970 (agosto 6), y 2576 de 1970 (diciembre 31);
Artículo segundo. Créanse los siguientes cargos que con formarán la planta de personal en el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, así:
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