Por el cual se adiciona el Decreto número 1329 de mayo de 1982,por el cual se designa la delegación de Colombia a la 68 reunión de la Confederación Internacional del Trabajo

Rango Decreto
Publicación 1982-06-07
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO

Que el Decreto número 1339 de mayo de 1982, prevé en sil artículo quinto (5°) que la designación, de los Delegados y Consejeros Técnicos a 1a, 68 Reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo, cuyo desplazamiento no causare gastos al erario público se hará en decreto separado,

DECRETA:

Artículo primero. Desígnase la siguiente Delegación de Colombia a la 68 Reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo:

Delegado gubernamental:

Doctor Héctor Charry Samper Embajador, Representante Permanente de la Misión de Colombia ante las Naciones Unidas con sede en Ginebra, con rango de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario.

Consejeros Técnicos:

Doctora Bessie de Alvarez, Primer Secretario de la Misión de Colombia ante las Naciones Unidas, con sede en Ginebra. Doctora Angela Herrán Primer Secretario de la Misión de Colombia ante las Naciones Unidas, con sede en Ginebra. Doctora Angela Gómez, Tercer Secretario de la Misión de Colombia, ante las Naciones Unidas, con sede en Ginebra.

Delegado de los empleadores:

Doctor Fabio Echeverri Correa, Presidente de la Asociación. Nacional de Industriales, ANDI.

Consejeros Técnicos:

Doctor Gustavo- Posada, Vicepresidente de Asuntos Laborales de Enka. Asociación Nacional de Industriales, ANDI. Doctor Juan José Lulle, Presidente del Ingenio del Cauca, S. A., Asociación Nacional de Industriales, ÁNDI. Doctor Luis Carlos Arango Vélez, Asesor Laboral del Banco de Bogotá, miembro de la Comisión Laboralista de la Asociación Nacional de Industriales, ANDI.

Doctor Ignacio Mustafá, Asesor Laboral, miembro de, la Comisión de Laboralistas de la Asociación Nacional de Industriales, ANDI. Doctor Juan Martín Caicedo Ferrer, Presidente de la Federación

Nacional de Comerciantes; FENALCO. Doctor Germán Valenzuela Samper, Gerente Técnico de la Federación Nacional de Cafeteros, Vicepresidente de la Junta. Directiva de la Sociedad de Agricultores de Colombia, SAC.

Doctor Carlos Vergara Gómez Casseres, Gerente General de la Federación Nacional, de Algodoneros, miembros, de la Junta Directiva de la Sociedad de Agricultores de Colombia, SAC.

Doctor Bernardo Herrera Valenzuela, miembro de la Junta Directora de la Asociación Colombiana de Exportadores de Flores, ASOCOLFLORES. y miembro de la Junta Directiva de la Sociedad de Agricultores de Colombia, SAC.

Doctora María Cristina Uribe, Secretaria General de la Federación Nacional de Arroceros, miembros de la Junta Directiva de la Sociedad de Agricultores de Colombia, SAC. Doctor Francisco de Paula Ossa Uribe, Presidente Nacional de la Asociación Colombiana Popular de Industriales, ACOPI.

Doctor Oscar Mejía Gutiérrez, Segundo Vicepresidente de la Asociación Colombiana Popular de Industriales, ACOPI.

Artículo segundo. El término de la presente Comisión, será de treinta (30) días, contados a partir del treinta, y uno

31) de mayo de 1922.

Artículo tercero. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 13 de mayo de 1982.

JULIO CESAR TURBAY AYALA

El Ministro de Relaciones Exteriores,

Carlos Lemos Simmonds.

La Ministra, de Trabajo y Seguridad Social,

Marisella Sanín de Aldana

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