Por el cual se adiciona el de 1°. de Agosto del presente ano, número 1,161, que autoriza la emisión de diez y seis millones de pesos (&16.000,000) en el Departamento del Cauca

Rango Decreto
Publicación 1902-09-13
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Vicepresidente de la República, encargado del Poder Ejecutivo,

En sus de sus facultades constitucionales,

DECRETA:

Artículo único. El Jefe Civil y Militar del Departamento del puede hacer uso de la autorización que se le concedió por el Decreto número 546 del presente año (26 de Marzo), que fija las condiciones en que se hizo en el Departamento del Cauca la emisión de billetes de que trata el Decreto número 280, del presente año (13 de Febrero), por el cual se autorizó una emisión de doce millones de pesos ($ 12.000,000) en dicho Departamento.

Queda así adicionado el Decreto número 1,161 del presente año (1.° de Agosto), que autoriza una emisión de diez y seis millones de pesos ($ 16.000.000) en el Departamento del Cauca.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, á 4 de Septiembre de 1902.

JOSE MANUEL MARROQUÍN

El Ministro de Gobierno,

Francisco Mendoza P.

El Ministro de Relaciones Exteriores,

Felipe F. Paúl

El Ministro de Hacienda,

José Ramon Lago

El Ministro de Guerra,

Aristides Fernández

El Ministro de Educación Pública,

José Joaquín Casas

El Ministro del Tesoro,

Agustín Uribe.

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