Por el cual se distribuye una partida para sostenimiento de becas

Rango Decreto
Publicación 1939-07-01
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. De los fondos apropiados en el artículo 451, capítulo 63, de la Ley del Presupuesto vigente, distribuyese la cantidad de $ 15.960 para sostenimiento de becas en el segundo semestre del corriente año, así:
Mensual Semestral
110 becas en el Liceo Nacional de varones de Zipaquirá, de julio a noviembre, a $ 14 mensuales cada una 1.540.00 7.700.00
118 becas en el Liceo Nacional Femenino, Chía, de julio a noviembre, a $ 14 mensuales cada una 1.652.00 8.200.00
Suma $ 15.960.00
Comuníquese y publíquese Dado en Bogotá a 27 de junio de 1939. EDUARDO SANTOS El Ministro de Educación Nacional, Alfonso ARAUJO Comuníquese y publíquese Dado en Bogotá a 27 de junio de 1939. EDUARDO SANTOS El Ministro de Educación Nacional, Alfonso ARAUJO Comuníquese y publíquese Dado en Bogotá a 27 de junio de 1939. EDUARDO SANTOS El Ministro de Educación Nacional, Alfonso ARAUJO Comuníquese y publíquese Dado en Bogotá a 27 de junio de 1939. EDUARDO SANTOS El Ministro de Educación Nacional, Alfonso ARAUJO
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