Por el cual se hacen traslados en el Presupuesto de la vigencia fiscal en curso

Rango Decreto
Publicación 1941-08-12
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO

que el Consejo de Ministros,, en su sesión del dia 24 de julio en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Credito publico para efectuar algunos traslados entre las apropiaciones del Ministerio de Gobierno, segun consta en la nota numero 6659, procedente d ela secretaria de dicha entidad,

DECRETA:

Articulo 1°. Hacense los siguientes traslados en el presupuesto vigente:

MINISTERIO DE GOBIERNO

Capitulo 15.

Del articulo 103. Para sueldos del personal de las colonias penales y Agrícolas, en el año $ 6.953.97
Capitulo 18
Del articulo 146. Para sueldos del personal de la Policía Nacional, en el año 6,200.00
Del articulo 151. Para gasto de alumbrado y fuerza eléctrica, inclusive materiales, en el año 5,000.00
Capitulo 15.
Al articulo 116. Para adquisición de maquinaria, lanchas y elementos agrícolas, tales como arados, tractores, herramientas y otros, con destino alas colonias penales, y para adquisición de removimientos (vacuno y caballar), para las mismas colonias. 11,953.57
Capitulo 18.
Al articulo 153. para los gastos que demanden los servicios de aseo, higiene y acueducto , incluyendo materiales 1,000.00
Al articulo 155. Para útiles de escritorio de carácter fungible con destino a las dependencias de la Policía Nacional 2,000.00
Al articulo 156. Para gastos de conservación reparación y adaptación de locales al servicio de las dependencias de la Policía Nacional, incluyendo materiales 2,000.00
Al articulo 166. Para compra de trofeos, pago de vacaciones no concedidas en caso de cesantía, medios sueldos por enfermedad comprobada, y demás gastos imprevistos de la institución, no contemplados en los artículos anteriores 1,200.00
Sumas iguales $ 18.153.97 18.153.97
Articulo 2°. El presente Decreto rige desde su fecha.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 31 de julio de 1941,

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Gobierno,

Jorge GARTNER

El Ministro De Hacienda y Crédito Público,

Gonzalo RESTREPO

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