Por el cual se distribuyen las partidas apropiadas en el presupuesto extraordinario del Ministerio de Educación Nacional

Rango Decreto
Publicación 1939-07-01
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. La partida de $ 250,000, votada en el artículo 801, capítulo 86, del presupuesto extraordinario del Ministerio de Educación Nacional, para la compra de lotes, construcciones y dotaciones de escuelas industriales y gastos de fomento de la enseñanza industrial; y la partida de $ 650,000, votada en el artículo 802, capítulo 86, del citado presupuesto, p a r a la compra de lotes, construcción de edificios con destino a liceos de enseñanza secundaria, y para dotación de los mismos, se distribuyen así:
Para la construcción de un bellón y para la dotación de la Escuela Industrial de Antioquia $ 70.000.00
Para la dotación de la Escuela de Artes y Oficios del Atlántico 20.000.00
Para la construcción de la Escuela Industrial de Carmen de Bolívar 30.000.00
Para la construcción del Colegio Pinillos, de Mompós 10.000.00
Para la constricción del Colegio de Boyacá 20.000.00
Para la construcción y dotación del Colegio de Chiquinquira 35.000.00
Para la construcción del Instituto Politécnico de Manizales 60.000.00
Para la construcción del Liceo de Bachillerato, en P e r e i r a 40.000.00
Para la construcción del Liceo Nacional de varones, anexo a la Universidad del Cauca 60.000.00
Para la construcción y dotación del Liceo Nacional Femenino, en Bogotá 115.000.00
Para la construcción del Colegio de Santa Librada, de Neiva 20.000.00
Para la construcción del Liceo Celedón, de Santa Marta 25.000.00
Para la construcción de la Escuela Industrial del Departamento de Nariño 45.000.00
Para la construcción de Liceo Nacional de Bachillerato en el Departamento Norte de Santander 50.000.00
Para la construcción del Colegio de Santander en Bucaramanga 15.000. 00
Para la construcción de la Escuela Industrial de Bucaramanga 25.000.00
Para la construcción del Liceo Nacional Femenino en Ibagué 60.000.00
Para la construcción del Colegio de Santa Librada , de Cali 60.000.00
Para la construcción y dotación del Colegio Académico de Cartago 20.000.00
Para la dotación y reparaciones del Colegio Nacional de San Bartolomé 80.000,00
Para reintegrar la partida que estaba destinada al Liceo Nacional Femenino, en Bogotá 40.000.00
Suma $ 900.000.00
Parágrafo. Para aumentar la partida destinada en el Presupuesto ordinario de la actual vigencia a la construcción de la Normal de Málaga, se trasladan, conforme al Decreto número 1128, de 27 de mayo último, 40.000, que estaban destinados a la construcción del Liceo Nacional F'emenino en Bogotá. Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá a 27 de junio de 1939. EDUARDO SANTOS El Ministro de Educación Nacional, Alfonso ARAUJO Parágrafo. Para aumentar la partida destinada en el Presupuesto ordinario de la actual vigencia a la construcción de la Normal de Málaga, se trasladan, conforme al Decreto número 1128, de 27 de mayo último, 40.000, que estaban destinados a la construcción del Liceo Nacional F'emenino en Bogotá. Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá a 27 de junio de 1939. EDUARDO SANTOS El Ministro de Educación Nacional, Alfonso ARAUJO Parágrafo. Para aumentar la partida destinada en el Presupuesto ordinario de la actual vigencia a la construcción de la Normal de Málaga, se trasladan, conforme al Decreto número 1128, de 27 de mayo último, 40.000, que estaban destinados a la construcción del Liceo Nacional F'emenino en Bogotá. Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá a 27 de junio de 1939. EDUARDO SANTOS El Ministro de Educación Nacional, Alfonso ARAUJO
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