por el cual se establece la estructura interna del Instituto Tolimense de Formación Técnica Profesional "ITFIP" y se distribuyen sus funciones entre sus dependencias

Rango Decreto
Publicación 1999-07-26
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 12
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades legales y en especial las que le confiere la Ley 489 de 1998,

CONSIDERANDO:

Que el Instituto Tolimense de Formación Técnica Profesional "ITFIP", propuso al Gobierno Nacional la modificación de su estructura interna, en cumplimiento del Literal d) del artículo 76 de la Ley 489 de 1998, y presentó estudio técnico el cual obtuvo concepto previo y favorable del Departamento Administrativo de la Función Pública, mediante Oficio número 007625 del 28 de junio de 1999,

DECRETA:

Artículo 1º . Estructura interna. La estructura interna del Instituto Tolimense de Formación Técnica Profesional "ITFIP", será la siguiente:

CAPITULO I. Estructura interna

1. Consejo Directivo.
2. Consejo Académico.
3. Rectoría.
3.1 Oficina de Control Interno.
3.2 Oficina de Planeación.
4. Vicerrectoría Administrativa
4.1 División Financiera.
4.2 División de Recursos Humanos.
4.3 División de Recursos Físicos.
5. Vicerrectoría Académica
5.1 Facultad de Investigación, Postgrados y Extensión.
5.1.1 Consejo de Facultad.
5.2 Facultad de Ciencias Sociales, Salud y Educación.
5.2.1 Consejo de Facultad.
5.3 Facultad de Ingeniería y Ciencias Agroindustriales.
5.3.1 Consejo de Facultad.
5.4 Facultad de Economía, Administración y Contaduría.
5.4.1 Consejo de Facultad.
6. Órganos de Asesoría y Coordinación.
6.1 Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno.
6.2 Junta de Licitaciones y Compras.
6.3 Comisión de Personal

CAPITULO II. De las funciones

Artículo 2º . El Consejo Directivo, el Consejo Académico, la Rectoría y los Consejos de Facultad, cumplirán las funciones señaladas en la ley, los estatutos, reglamentos y en las demás disposiciones legales vigentes.
Artículo 3º . Oficina de control interno. Son funciones de la oficina de Control Interno:
Artículo 4º . Oficina de Planeación. Son funciones de la oficina de Planeación:
Artículo 5º . Vicerrectoría Administrativa. Son funciones de la Vicerrectoría Administrativa:
Artículo 6º . División Financiera. Son funciones de la División Financiera:
Artículo 7º . División de Recursos Humanos. Son funciones de la División de Recursos Humanos:
Artículo 8º . División de Recursos Físicos. Son funciones de la División de Recursos Físicos:
Artículo 9º . Vicerrectoría Académica. Son funciones de la Vicerrectoría Académica:
Artículo 10 . Facultades. Son funciones de las Facultades:

CAPITULO III. Organos de asesoría y coordinación

Artículo 11 . Los órganos de asesoría y coordinación serán: Junta de Licitaciones y Adquisiciones; Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno; Comisión de Personal. Estos Organos tendrán la organización, composición y funciones que determine la ley, los estatutos, reglamentos y demás disposiciones legales que regulen la materia.
Artículo 12 . El presente decreto rige a partir de su fecha de publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial el Decreto 113 de enero de 1995.

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