Por el cual se reforma y adiciona el Decreto número 896 de 1923

Rango Decreto
Publicación 1925-09-14
Estado Derogada
Departamento MINISTERIO DE GUERRA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de facultades legales,

decreta:

Artículo 1º Los puestos de Jefes de Sección y Adjuntos del Departamento del Personal del Ministerio de Guerra, podrán ser desempeñados por Militares o por civiles, a juicio del Ministro del ramo.
Artículo 2º Queda en estos términos adicionado y reformado el Decreto ejecutivo número 886 de 1923, por el cual se reglamenta el artículo 26 de 1916.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 8 de septiembre de 1925.

PEDRO NEL OSPINA

El Ministro de Guerra,

Francisco SORZANO.

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