En desarrollo de la Ley 84 de 1914

Rango Decreto
Publicación 1914-12-17
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presiden te de la República de Colombia,

en uso de la facultad que le confiere el artículo 132 de la Constitución Nacional,

DECRETA:

Adscríbese al Ministerio de Gobierno el ramo de Higiene pública y privada, de que trata la Ley 84 del presente año.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 2 de diciembre de 1914.

JOSE VICENTE CONCHA

El Ministro de Gobierno, MIGUEL ABADIA MENDEZ.

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